El Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso la ampliación de los límites aplicables a las operaciones cambiarias de contratos forward de divisas entre entidades financieras y agentes económicos residentes. Las entidades ofrecerán una mayor cobertura a empresas y personas, contribuyendo a la administración eficiente de riesgos derivados de fluctuaciones adversas, según la banca matriz.

La normativa actualiza el criterio de cálculo de la posición neta (comprada o vendida) de contratos forward con residentes, que pasará de 2 a 3 veces el promedio del volumen diario.

Con la nueva disposición, este límite no podrá superar el monto menor resultante de 3 veces el promedio del volumen diario de operaciones cambiarias de los bancos en los últimos tres meses. En tanto, el 80 % del patrimonio efectivo del mes inmediato anterior, arbitrado a dólares americanos.

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“Con ello, se otorga un mayor margen a las entidades financieras para ofrecer coberturas cambiarias a agentes económicos, fortaleciendo las herramientas disponibles para la gestión de riesgos cambiarios y promoviendo la profundización del mercado de derivados financieros en Paraguay”, detallaron.

Esta disposición se suma a una serie de adecuaciones normativas impulsadas por el BCP con el fin de promover el desarrollo de los mercados financieros, ya que en el mismo marco modificaciones anteriores ya habían incorporado excepciones para otorgar un mayor margen de cobertura forward a los inversores no residentes tenedores de bonos soberanos emitidos en guaraníes, fortaleciendo así la participación de inversionistas internacionales.

Agregaron que todo esto se da en consonancia con el proceso de consolidación de una economía con una calificación crediticia de grado de inversión.

Un contrato forward de divisa es un acuerdo financiero mediante el cual dos partes pactan la compra o venta de una determinada cantidad de moneda extranjera en una fecha futura, a un tipo de cambio previamente fijado.

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