Para el presente ejercicio fiscal, la Administración Tributaria estima recaudar unos G. 162.992 millones a través del Impuesto a la Renta Personal (IRP), según la Ley Nº 6.026, que aprueba el Presupuesto General de la Nación para este año.
En comparación a lo recaudado a través de este tributo en el 2017, la cifra estimada para el presente ejercicio es menor en un 17%, debido a que durante el año pasado la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) logró recaudar unos G. 198.070 millones en concepto de este impuesto.
En cuanto a ingresos por impuestos, el PGN 2018 indica que a través del Impuesto a la Renta de la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios (Iracis) se prevé recaudar G. 4,385 billones. Asimismo, mediante el Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias (Iragro) se aguarda un ingreso de G. 279.637 millones; mientras que a través del Tributo Único-Maquila y el Impuesto a la Renta del Pequeño Contribuyente (IRPC) se esperan unos G. 14.558 millones y G. 22.056 millones, respectivamente.
CRECIMIENTO
El Impuesto a la Renta Personal fue el tributo que más creció en recaudación en todo el ejercicio fiscal 2017. Según el reporte de la Subsecretaría de Estado de Tributación, este impuesto se expandió en un 40,2% en el 2017, en comparación al 2016. Esto fue debido a que en el 2016 la recaudación en concepto del IRP totalizó unos G. 141.268 millones, monto que fue superado por los G. 198.070 millones experimentados durante el año pasado.
De acuerdo al reporte fiscal, el segundo tributo que más se incrementó fue el Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias, con 27% de aumento en su recaudación. Este fue seguido por el Impuesto Selectivo al Consumo, que aumentó en 23,9% tras recaudar G. 114.268 millones, más que en el 2016. En tanto, el Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios se ubicó como el cuarto con un 12% de diferencia respecto al 2016, por encima del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que solo creció en un 3,8%, señala el documento.
INGRESO ANUAL DE G. 97 MILLONES
El IRP entró en vigencia el 1 de agosto del 2012, alcanzando a todas aquellas personas con un ingreso anual igual o mayor a 120 salarios mínimos, es decir G. 198.984.000. Este año, este tributo alcanza a todos aquellos contribuyentes con un ingreso anual de G. 97.973.904, equivalente a 48 salarios mínimos.
Una vez superado el rango incidido, la persona física se convierte en contribuyente del IRP de manera automática y deberá solicitar su inscripción como tal, o actualizar sus datos a través de la página web www.set.gov.py en el plazo de 30 días hábiles. Los ingresos que se tienen en cuenta para pagar este impuesto son los salarios, sueldos, sobresueldos, jornales, horas extras, participaciones, asignaciones, honorarios y demás remuneraciones personales.