Son cuatro los grandes contribuyentes que forman parte de la lista de morosos de la Subse­cretaría de Estado de Tribu­tación (SET). A enero de este año, estas deben a Tributa­ción G. 5.885 millones, según el informe de la Dirección de Grandes Contribuyentes de la administración tributaria.

Las razones por las cuales estas firmas integran la lista de morosos son por la falta de pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) General, por no depositar a la SET el monto retenido en concepto del IVA, no pagar el Impuesto a la Renta Comercial, Indus­trial o de Servicios (Iracis) y otras contravenciones.

De acuerdo al informe de la SET, las firmas en falta son Distribuidora Arco Iris SA, que posee una deuda con la subsecretaría de G. 605,1 millones; Connecting SA, con G. 438,5 millones de deuda; Agrícola Colonial SA Industrial y Comercial, con G. 2.405,1 millones, y Empo Ltda. & Asociados con G. 301,2 millones.

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Los tributos que aún están pendientes de pago poseen fecha de vencimiento en el 2014, el 2016 y el 2017, señala la Dirección de Grandes Con­tribuyentes en su informe publicado en la página web de la Subsecretaría de Estado de Tributación.

La lista de morosos es publi­cada por la administra­ción tributaria conforme al artículo 188, inc. k) de la Ley 125/91, de reforma tributaria, que permite a la administra­ción tributaria hacer pública la deuda de los contribuyen­tes cuando la morosidad pase los 90 días. A principio del ejercicio fiscal 2017, la subse­cretaría informó a través de un comunicado que seguirá con las publicaciones de los datos (nombres y números de Registro Único de Con­tribuyentes) de aquellos que se encuentran en mora con el cumplimiento de sus obliga­ciones impositivas.

En su momento, algunos tri­butaristas habían coincidido en señalar que la administra­ción tributaria hace uso de la herramienta de levantar al portal digital la lista de moro­sos como parte del paquete de medidas para reducir una de las brechas de evasión, ade­más de acogerse a la política de transparencia de la infor­mación.

De acuerdo con la catego­rización tributaria, son con­siderados como grandes contribuyentes todas las personas físicas o jurídicas que facturan al año más de G. 6.000 millones.

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