El valor de todos los inmuebles (terrenos) se ajustará 4,9% desde el próximo año, en vista a que el Poder Ejecutivo emitió, recientemente, el Decreto N° 8.299/2017, a través del cual autoriza al Servicio Nacional de Catastro (SNC) al ajuste de los valores inmobiliarios para el cobro del impuesto inmobiliario correspondiente al próximo ejercicio fiscal, según informe emitido por el Ministerio de Hacienda.
El documento señala que el incremento corresponde a lo reportado por el Banco Central del Paraguay (BCP) en relación a la variación sufrida por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) en los últimos doce meses previos al 1 de noviembre de 2017. Este procedimiento de ajuste en el valor fiscal de los suelos está determinado en la Ley 125/91.
El ajuste de los valores para el 2018 afecta a los inmuebles urbanos como rurales.
Desde la cartera económica informaron que la base imponible para los inmuebles rurales tiene en cuenta únicamente el valor del suelo, mientras los inmuebles urbanos toman como factores para determinar la base imponible al valor del suelo, el tipo de calle (tierra, pavimento pétreo o asfáltico) y las construcciones. Los inmuebles rurales se avalúan por hectárea mientras que los urbanos son avaluados por metro cuadrado.
LEY 5513/15
Para ser merecedor del beneficio impositivo, los contribuyentes que posean áreas boscosas reforestadas deberán presentar su solicitud ante el Servicio Nacional de Catastro con la aprobación previa de la institución municipal afectada, y dicha solicitud deberá acompañar además toda la documentación legal expedida y exigida por el Infona y la Secretaría del Medio Ambiente (Seam).