El Banco Central del Paraguay (BCP) dio a conocer los detalles del régimen tarifario impuesto en el marco del Sistema Nacional de Pagos, cuya plataforma tecnológica es el Sistema de Pagos del Paraguay (Sipap) y que está afianzado como mecanismo de intercambio de dinero entre cuentas bancarias. La banca matriz sostiene que la medida garantiza condiciones de igualdad y un entorno competitivo.

De acuerdo con los estudios técnicos realizados por el regulador, la ausencia de un régimen tarifario integral genera asimetrías de información, baja comparabilidad de costos, riesgos de cobros ambiguos o duplicados y posibles distorsiones competitivas entre servicios de pago funcionalmente similares.

El nuevo marco alcanza a participantes y proveedores que operan servicios cursados por el Sipap, adquirencia, redes y procesamiento de tarjetas, sistemas propietarios y otros servicios de pago autorizados.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Leé más: BCP fija nuevos límites en comisiones de tarjetas de crédito y débito desde el 1 de julio

Por otro lado, recientemente, el BCP también había establecido los montos a ser cobrados en concepto de comisiones a las operaciones con tarjetas de crédito y débito, reduciendo el porcentaje.

Topes

De acuerdo a lo informado por el BCP, algunos de los topes que se destacan son los siguientes:

-Proveedores de Servicios de Inicio de Pagos (PISP), Solicitud de Pago, Débitos Directos/Domiciliación y transferencias interbancarias en sistemas propietarios: hasta 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido.

-Participante patrocinador: hasta 1% del monto de la operación, con un máximo de G. 5.500.

Además, la regulación dispone que los pagos iniciados mediante QR que utilicen como mecanismo subyacente transferencias de crédito, independientemente de que operen sobre infraestructuras públicas o privadas, estarán sujetos a una comisión máxima del 1,5 % del monto de la operación, IVA incluido.

Siempre de acuerdo a lo publicado por el regulador, las determinaciones garantizan condiciones igualitarias para servicios comparables y favorece un entorno competitivo en beneficio de comercios y usuarios finales.

Cita también que “la transparencia es el eje central del reglamento”, considerando que los proveedores deberán publicar tarifarios actualizados, informar con claridad comisiones, gastos y penalidades, justificar técnicamente los cargos y asegurar que cada cobro sea verificable y corresponda a un servicio real.

“Con esta decisión, el BCP da un paso decisivo hacia un ecosistema de pagos más transparente, competitivo, eficiente e inclusivo, en beneficio de la ciudadanía, los comercios y la innovación financiera del país”, destaca.

Marco legal

En el marco legal de las disposiciones se menciona la Ley n.º 7.503/2025, “Sistema Nacional de Pagos”, y en la Ley n.º 5.476/2015, “estableciendo reglas de transparencia informativa, denominaciones autorizadas de cargos y topes tarifarios para comisiones, gastos y penalidades vinculadas a servicios de pago, y respondiendo a la necesidad de contar con un régimen integral que reduzca las asimetrías observadas, facilite la comparación de tarifas y promueva una competencia más justa entre servicios de pago funcionalmente similares”.

Te puede interesar: Los alias se acercan a los 5 millones de registros

Déjanos tus comentarios en Voiz