El Consejo Constitucional de Francia rechazó el viernes la prohibición de las redes sociales para menores de 15 años, al considerar que esta medida constituye “una vulneración desproporcionada” de su libertad de expresión. La máxima autoridad constitucional del país estimó que el artículo 1 de la ley destinada a proteger a los menores de los riesgos a los que los expone el uso de las redes sociales “supone una vulneración que no es adecuada, necesaria ni proporcionada” a la libertad de expresión y de comunicación de los menores de 15 años.

La institución había sido consultada a finales de julio por diputados socialistas y de la izquierda radical sobre el artículo 1. Si bien el Consejo reconoce “la exigencia constitucional de protección del interés superior del niño”, señala que esta prohibición tan amplia “es susceptible de aplicarse a servicios de comunicación en línea cuyos riesgos para la salud y la seguridad de los menores (...) no están establecidos”.

La ley, que debía entrar en vigor el 1 de septiembre, contempla dejar a los más jóvenes fuera de las redes sociales (TikTok, Snapchat, X, Instagram...), pero también evitar que puedan utilizar espacios de comunicación de algunas páginas web como YouTube; servicios de mensajería como WhatsApp y Messenger y algunos videojuegos en línea.

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Aunque la ley preveía excepciones, en particular para las enciclopedias en línea y sitios educativos o científicos, estas siguen siendo demasiado “limitadas”, advierte el Consejo Constitucional. Poco después, el presidente francés, Emmanuel Macron, encargó al primer ministro, Sébastien Lecornu, “trabajar” en “una redacción jurídicamente sólida” del texto “en el menor plazo posible”, teniendo “en cuenta la decisión del Consejo Constitucional”.

La Presidencia francesa destacó que su compromiso para sacar adelante esa ley “de aquí a la primavera [boreal] de 2027 sigue siendo total”.

La ley francesa se inscribe en un movimiento mundial y el país fue pionero en Europa en hacerlo.

A finales de 2025, Australia se convirtió en el primer Estado en prohibir las redes sociales a los menores de 16 años.

Desde entonces, numerosos países han adoptado o han anunciado que estudian prohibiciones similares, como Brasil, Indonesia, el Reino Unido y Nueva Zelanda.

Por su parte, la Comisión Europea anunció en julio su intención de instaurar un acceso “progresivo y gradual” de los menores a las redes sociales.

El Consejo Constitucional se pronunció únicamente sobre el artículo 1, y no sobre la prohibición del celular en los centros de secundaria a partir del 1 de septiembre, una medida que también incluye esa ley.

Derecho a la muerte asistida

La máxima autoridad constitucional de Francia validó el viernes en su totalidad la legislación que concede a los adultos que padecen una enfermedad incurable el derecho a la muerte asistida, aunque indicó que algunas disposiciones requieren una aclaración.

Con la aprobación del Consejo Constitucional, Francia se unirá a la reducida lista de países que autorizan la muerte asistida, desde Bélgica a Países Bajos pasando por España, Suiza, Canadá y Uruguay.

La ley, aprobada por el Parlamento francés en julio tras años de debate, establece el derecho a la muerte asistida para algunos adultos que padezcan una enfermedad incurable.

La decisión del Consejo Constitucional supone una victoria para el presidente Emmanuel Macron, quien prometió una ley de este tipo cuando fue reelegido para un segundo mandato en 2022.

Su validación “pone el broche final a un debate democrático ejemplar” y “ofrece una garantía esencial a nuestros conciudadanos”, declaró la presidencia francesa.

Para poder optar a la muerte asistida, el paciente debe ser mayor de edad, ciudadano francés o residente de larga duración.

Debe sufrir un dolor que no responda al tratamiento o que, en opinión del paciente, sea insoportable, en los casos en que haya optado por no seguir el procedimiento médico o interrumpirlo.

Un médico se encargará de verificar que el paciente cumple los requisitos, antes de que un comité evalúe los criterios.

En última instancia, el médico toma la decisión y el paciente puede retirar su consentimiento en cualquier momento.

El propio paciente se administrará la sustancia letal, salvo en el caso de quienes, por motivos físicos, no puedan hacerlo.

Aunque el Consejo confirmó la constitucionalidad de la ley, consideró que era necesario aclarar determinadas disposiciones, incluida la denominada “cláusula de conciencia”, que permite a los profesionales de salud negarse a participar en el procedimiento.

La cláusula también debe aplicarse a los centros de salud privados en los que la muerte asistida sea “manifiestamente contraria” a su misión, siempre que no sean los únicos establecimientos capaces de satisfacer las “necesidades locales”, señaló la autoridad constitucional.

Fuente: AFP.

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