La Corte Suprema de Justicia recordó este domingo que esta semana concluirá el plazo para que las organizaciones sin fines de lucro presenten sus solicitudes para acceder a la donación de bienes institucionales dados de baja. La convocatoria, iniciada el 1 de julio, finalizará el viernes 10 de julio, luego de cumplirse los ocho días hábiles establecidos para el proceso.

La iniciativa, impulsada por la Dirección General de Administración y Finanzas, está dirigida a entidades sin fines de lucro legalmente constituidas interesadas en recibir mobiliarios, equipos informáticos y otros bienes que ya no forman parte del patrimonio de la institución. Aunque estos elementos quedaron obsoletos o dejaron de ser utilizados en las labores judiciales, todavía podrían ser aprovechados en proyectos de carácter social.

La Corte precisó que los bienes serán entregados en las condiciones físicas y de funcionamiento en las que se encuentran actualmente. Por ese motivo, las organizaciones que resulten beneficiadas deberán asumir los costos de retiro, carga, transporte y traslado de los artículos adjudicados.

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Las manifestaciones de interés deben presentarse por escrito en la Mesa de Entrada de la Dirección General de Administración y Finanzas, ubicada en el cuarto piso de la Torre Sur del Palacio de Justicia de Sajonia, en Asunción, de lunes a viernes, entre las 07:00 y las 13:00.

Entre los documentos exigidos figuran una copia autenticada del estatuto social de la organización, los documentos de identidad del representante legal, la constancia vigente de inscripción en el Sistema Integrado de Administración de los Registros Administrativos (SIARA) y un informe que detalle el destino social que tendrán los bienes solicitados.

Como parte del proceso, las organizaciones interesadas también pueden realizar una inspección previa de los lotes disponibles durante el período de la convocatoria. Para coordinar las visitas, la División Inventario de Bienes habilitó la línea telefónica 0981 297-488, además de la central (021) 439-4000, internos 2012 y 2826.

La máxima instancia judicial aclaró igualmente que la presentación de la solicitud no garantiza la adjudicación de los bienes. La selección final de los beneficiarios se realizará conforme a los criterios establecidos en la normativa interna, priorizando que los artículos sean destinados a iniciativas de beneficio para la comunidad.

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