La Justicia paraguaya dictó la condena más alta registrada en el país por un caso de violencia psicológica ejercida a través de medios telemáticos, marcando un precedente en la lucha contra la violencia digital y la protección de las mujeres víctimas de agresiones sistemáticas.
La agente fiscal María Eusebia Segovia Cabrera, titular de la Unidad Especializada de Lucha contra la Violencia Familiar y de Género N.º 4 de Asunción, obtuvo una sentencia de 10 años de pena privativa de libertad y dos años de medidas de seguridad contra un hombre hallado culpable del hecho punible de violencia familiar agravada, en la modalidad de violencia psicológica ejercida mediante medios digitales.
La condena, considerada la más severa aplicada hasta la fecha en Paraguay por este tipo de delitos, fue dictada tras un juicio oral y público en el que el Ministerio Público logró acreditar un prolongado patrón de hostigamiento, amenazas e intimidaciones dirigidas contra la víctima, quien es expareja del condenado y madre de sus tres hijos menores.
De acuerdo con los antecedentes expuestos durante el proceso, el hombre sometió a la mujer a amenazas de feminicidio, presiones psicológicas y actos reiterados de violencia a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto, audios y videos enviados durante un período de un año y diez meses, mientras permanecía recluido en distintos establecimientos penitenciarios del país.
La Fiscalía presentó un amplio conjunto de pruebas testimoniales, documentales, periciales y evidencias digitales que permitieron reconstruir la conducta sistemática del acusado y demostrar la persistencia de los actos de violencia pese a su condición de privado de libertad.
El Ministerio Público también acreditó que el condenado contaba con antecedentes de violencia contra la misma víctima. En 2023 ya había sido condenado a tres años de prisión por hechos similares, mientras que registraba otra condena previa por violencia familiar dictada en el año 2018.
El Tribunal de Sentencia, integrado por la jueza Olga Ruíz, en carácter de presidenta, y los magistrados Mario García y Celia Salinas, valoró de manera conjunta la totalidad de las pruebas incorporadas al juicio, otorgando especial relevancia a la evidencia digital, los informes técnicos especializados, la prueba documental y las declaraciones testificales.
Entre los elementos determinantes figuró el informe psicológico practicado al acusado mediante la aplicación del instrumento SARA (Spousal Assault Risk Assessment), una herramienta internacional utilizada para evaluar el riesgo de violencia contra la pareja. El estudio, solicitado por el Ministerio Público, arrojó un nivel de riesgo moderado, reforzando la necesidad de medidas de protección y prevención.
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En consecuencia, el Tribunal resolvió por unanimidad hacer lugar íntegramente a la pretensión punitiva planteada por la Fiscalía, imponiendo una pena de 10 años de prisión y dos años adicionales de medidas de seguridad.
La sentencia constituye un precedente relevante en materia de violencia digital en Paraguay y refleja el creciente reconocimiento judicial de las agresiones psicológicas ejercidas a través de medios tecnológicos como una forma grave de violencia de género.
Desde el Ministerio Público señalaron que el fallo reafirma el compromiso institucional con la protección integral de las víctimas y con el cumplimiento de los estándares internacionales asumidos por el Estado paraguayo.

