Por medio de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP), el Estado estrenó una importante herramienta legal en el mejoramiento de las compras y procesos licitatorios de todas las instituciones dependientes directamente del presupuesto general de gastos, que incluye en su aplicación a los organismos autárquicos y multilaterales que gestionen adquisiciones para el sector público. La normativa implica un paso muy importante que puede resultar sustancialmente positivo para el ámbito de las licitaciones y en el blindaje del patrimonio estatal que debe implementarse con todo el rigor que amerita.
La nueva norma entró en vigor hace una semana, aproximadamente, con la Ley 7021/2022, que fuera reglamentada en agosto pasado mediante decreto presidencial n.º 9823/2023 y por la cual rigen las disposiciones en el suministro y contrataciones públicas que regula el Sistema Nacional de Suministro Público (SNSP).
La mencionada legislación reemplaza a la Ley 205/03 y viene a cubrir esas lagunas, debilidades que lastimosamente fueron aprovechadas por funcionarios, políticos y autoridades desleales a los intereses del Estado y que generaron escándalos en diferentes instituciones públicas con casos de corrupción en licitaciones.
El volumen de las compras públicas es bastante jugoso. Implica movimiento de unos G. 25 billones en negocios estatales, cifra correspondiente al período 2023 y que anualmente viene aumentando, según el historial que maneja la DNCP.
Era pertinente y además urgente contar con una normativa que vele de manera más rigurosa, efectiva, por los llamados como los procesos, considerando las denuncias de direccionamiento, sobreprecios, mala calidad, presuntos hechos de tráfico de influencias, etc., en torno a las licitaciones públicas. En años de pandemia por el covid-19 hicieron mucho daño al país con maquiavélicas maniobras en las compras del Estado, al punto de sacrificar insumos sanitarios que eran de mucha urgencia para salvar vidas.
Entre las novedades que introduce la ley están por ejemplo las limitaciones y prohibiciones para contratar para las autoridades y funcionarios públicos que incluye a parientes y familia política citando a cónyuges, hijos, nietos, abuelos, suegros, hermanos, cuñados. Esta disposición es clave ya que incorpora por primera vez la exigencia de la transparencia de la composición empresarial de los proveedores con la publicación de escrituras societarias y nómina de beneficiarios, que no solo representa un filtro para los amigos del poder, altos funcionarios, sino que es un mecanismo para mantener al margen a firmas de maletín.
La identificación de los funcionarios involucrados en el proceso de adquisición de modo de individualizar responsabilidades es una estrategia esperanzadora para que los avivados no amañen licitaciones en detrimento del interés público. Así también, la reserva de mercado para compras de menor cuantía es una interesante oportunidad para las dinamizadoras mipymes que mueven la economía en diferentes niveles y sectores de la población.
La exigencia de capacitaciones para los funcionarios asignados en las diferentes unidades de compras también es un indicador de la búsqueda de mayor competitividad en las licitaciones con la nueva ley. Sumada a la transparencia de publicación de llamados por parte de organismos multilaterales que gestionan procesos, la normativa refleja una garantía interesante en la eficiencia de las compras públicas que merece un compromiso en el cumplimiento de quienes administran recursos provenientes del bolsillo de los contribuyentes, préstamos a costa de la ciudadanía u otros fondos.
La DNCP y el Gobierno en conjunto no deben dar tregua en el cumplimiento de la nueva normativa en el suministro público y con todo el peso de la ley a los que la vulneren. Se han generado demasiados perjuicios a lo largo de los años al Estado con administraciones rapiñeras, que en detrimento de las leyes o aprovechando lagunas legales han abusado de atribuciones para meter la mano al bolsillo de los contribuyentes.
Este gobierno tiene un enorme desafío y una responsabilidad gigantesca de que no se repitan groseros robos en el ámbito de las contrataciones públicas, de lo contrario, la nueva ley será otra utopía reducida simplemente a los papeles y seguiremos lamentando los efectos de la desidia e indiferencia del poder.