El consorcio Cedicor (Grupo Eurnekian) tuvo la brillante oportunidad de corregir su error ante la consulta realizada por el Comité Evaluador sobre aspectos técnicos requeridos. Sin embargo, se ratificaron en su posición y no cumplieron las exigencias técnicas relacionadas a las dimensiones del área de seguridad de la pista de aterrizaje y eso le costó la descalificación del proceso.

Jorge Torres Romero

Ellos mismos conspiraron en su contra. Hubo desajustes internos de sus propios ingenieros, según admitieron los mismos representantes del Consorcio Cedicor (Grupo Eurnekian). Este consorcio quedó descalificado del proceso licitatorio para la modernización del aeropuerto internacional Silvio Pettirossi, que se lleva adelante bajo la modalidad Alianza Público Privada (APP).

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El propio Comité Evaluador, antes de la fecha programada para la apertura de las ofertas, tenía en sus atribuciones la facultad de consultar a los oferentes dudas que tenían acerca de las respuestas a los requerimientos establecidos en el Pliego de Bases Técnicas (PBT). Este proceso de análisis de las propuestas técnicas llevó unos seis meses, durante el cual se realizaron varias consultas a los oferentes.

El 29 de agosto del 2016, se realizó esta consulta al consorcio Cedicor en el ítem Área de Seguridad de Extremo de Pista (RESA): "Remitir aclaración sobre el efectivo cumplimiento de las especificaciones solicitadas en los RTM, referentes a medidas de áreas de seguridad de extremo de pista de ambas cabeceras".

Esta consulta se hizo en base al requerimiento de campo de vuelo, fases de desarrollo, pista, que exigía la "adecuación del área de seguridad de extremo de pista de ambas cabeceras de pista, para proporcionar un área de seguridad de extremo de pista de 240 metros de longitud y 150 metros de ancho, en conformidad con la directiva de la Autoridad Aeronáutica Civil de Paraguay".

El consorcio Cedicor remitió su respuesta el 12 de setiembre del 2016 de la siguiente manera: "Al respecto se amplía remitiendo aclaración sobre el efectivo cumplimiento de las especificaciones solicitadas en los RTM, referentes a medidas requeridas en ancho y largo de franjas de pista, se ha considerado la siguiente intervención: En el área comprendida entre los 240 metros de longitud y 90 metros de ancho en ambas cabeceras se realizarán las siguientes obras… (se especifican las obras)".

Ante esta respuesta, el Comité Evaluador hizo el siguiente resumen y análisis de la respuesta enviada por el consorcio Cedicor y expresa: "Teniendo en cuenta que en la aclaración solicitada por la Administración Contratante, en fecha 29 de agosto del 2016, se recalcó que las dimensiones solicitadas para el RESA son de 240 metros de longitud x 150 metros de ancho, a la que el oferente ha contestado que tiene previsto realizar intervenciones diferentes: i) en el área comprendida entre los 240 metros de longitud y 90 metros de ancho en ambas cabeceras (mejoramiento y nivelación de suelo), y ii) en la faja comprendida hasta los 150 metros de ancho (solo nivelación), se verifica de manera contundente que el área de RESA propuesta por el oferente es la descrita en el punto i) y no así en el punto ii)".

En resumen, en lugar de colocar 150 metros (como establecía el pliego) pusieron 90 metros, esto era determinante, porque así lo establecía el estudio de factibilidad. El Área de Seguridad de Extremo de Pista busca reforzar la protección de las aeronaves en caso de que estas salgan accidentalmente de la pista. Esto puede ocurrir en las maniobras de aterrizaje. Sencillamente, la empresa fue descalificada por no cumplir la especificación técnica referente a la seguridad del aeropuerto.

A esto hay que agregar que la propuesta de Cedicor tenía 49,6% de vidrios en la construcción y no 50% como se estableció en los requisitos técnicos mínimos, lo que en la práctica se traduce en 30 metros cuadrados de vidrio menos en lo que sería la fachada de la nueva terminal aeroportuaria.

Tras la denuncia de Cedicor, el viceministro de Obras, Juan Manuel Cano, dijo que el referido consorcio al participar aceptó someterse a las condiciones del pliego y éste disponía que si no pasaba la evaluación técnica no podía abrirse su oferta económica, ni ser tenida en cuenta.

Desde el MOPC desmienten a Cedicor

Como una falacia califican desde el MOPC los argumentos del abogado de Cedicor, Raúl Silva, quien sostuvo que la institución convocante no respetó las reglas del juego.

En relación a la participación de la empresa Sacyr y su supuesta demanda en Murcia, España, señalan que cuentan con diferentes dictámenes que han probado que no es la misma persona jurídica la que se presentó en la licitación en España y la que por ende tendría el incumplimiento. "Nuestro código establece claramente la independencia de las personas físicas, jurídicas y de las acciones de las personas jurídicas. En este caso, la empresa que se presenta en Paraguay no es la misma que se presentó en un consorcio en Murcia, por ende, la norma no le alcanza. Tenemos varios dictámenes en ese sentido, no solamente interno, sino también externos", señalan desde el Ministerio de Obras.

En relación al tema del consorcio Vinci, que fue otro de los oferentes, sostienen que también hay una gran mentira en las declaraciones del abogado Silva, quien señaló que admitieron unas modificaciones que debieron hacerse vía adenda. "Eso es una mentira. Hablan de algo sustancial, no es sustancial, por eso no se hizo a través de una adenda. Así se dictaminó internamente y en todo caso, en su momento, ellos (Cedicor) tuvieron que haber impugnado si entendían que se había actuado en contra de los preceptos legales; sin embargo, no lo hicieron. Lo que hace esa consulta es interpretar un artículo en particular del pliego de bases y condiciones, que establecía cierta manera de acreditar las experiencias y es mentira que eso se tuvo que haber hecho por adenda", declararon desde el MOPC.

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