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Luis Villasanti.[/caption]

Empresarios de diferentes gremios definirán esta mañana en una reunión privada a partir de las 8:00, si aceptan o rechazan las posibles modificaciones al decreto 6.560/16, que reglamentó las modificaciones al Impuesto a la Renta Personal (IRP), propuestas por el Gobierno al sector empresarial el viernes pasado. Así lo adelantaron el vicepresidente primero de Unión Industrial Paraguaya (UIP), Luis Tavella, y el titular de la Asociación Rural del Paraguay (ARP), Luis Villasanti.

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En ese mismo sentido, el representante de la ARP señaló que en la tarde de ayer técnicos del sector empresarial y de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) se reunieron para adecuar los intereses de los gremios a la propuesta de cambios al decreto 6.560/16.

Por su parte, el titular de la UIP agregó que la tercera reunión con los representantes del Gobierno depende de la disponibilidad del ministro de Hacienda, Santiago Peña, y el jefe del Gabinete Civil de la Presidencia, Juan

Luis Tavella.[/caption]

Carlos López Moreira, además, de lo que se decidan hoy los empresarios de diferentes gremios.

"Dependiendo de lo que decidamos mañana a la mañana (por hoy) vamos a ponernos en comunicación con ellos (los representantes del Gobierno), y dependiendo de la disponibilidad vamos a reunirnos mañana (por hoy) o el jueves", indicó Tavella.

RETROACTIVIDAD

En ese mismo contexto, el empresario recalcó que hasta el momento solo se consiguió eliminar la retroactividad del decreto 6.560/16, es decir, que los cambios al IRP entrarán en vigencia recién a partir del 2017 y no desde el 2016, como lo estipula la normativa.

"Lo que estamos viendo actualmente son las limitaciones impuestas por la SET a las inversiones, a través de las modificaciones al IRP", dijo.

El decreto 6.560/16 entró en vigencia el 28 de diciembre y reglamentó las modificaciones de 34 artículos del IRP, establecidos en el 2012 como mecanismo para formalizar la economía del país. Este año, el tributo alcanza a todas esas personas que perciben ingresos por G. 117.870.420, equivalentes a 60 salarios mínimos anuales, quienes serán contribuyentes a partir del día siguiente de haber superado este límite de ingresos, teniendo la obligación de inscribirse en el RUC dentro de los 30 días siguientes.

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