El fiscal Juan Leonardi Guerrero emplazó a los senadores Desirée Masi y Roberto Acevedo para que presenten sus celulares para someterlos a pericia "si así conviniere a sus derechos". Sin embargo, el Ministerio Público tiene la obligación indeclinable de investigar un hecho punible, más aún con la gravedad del caso, sostuvo Luis Canillas, denunciante del presunto plan de atentado en contra del presidente de la República, Horacio Cartes.
El profesional, asesor de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), aseguró que la Fiscalía puede directamente disponer de diligencias o recurrir al órgano jurisdiccional para que las ordene.
Un caso similar se registró recientemente en la Argentina, en donde las autoridades competentes actuaron rápidamente para dilucidar lo ocurrido. La afectada fue la gobernadora de Buenos Aires, María Eugenia Vidal, quien había recibido amenazas de muerte en varias oportunidades, pero que fueron aclaradas inmediatamente.
Para Canillas, la tarea investigativa del fiscal reviste fundamental importancia para que el Ministerio Público pueda comprobar, en primer lugar, la existencia del hecho punible y, a tal efecto, puede disponer todas las medidas tendientes a la constatación del mismo y a la determinación de los responsables, lo que incluye la obligación de levantar evidencias.
"En el caso, en una decisión sin precedentes en toda la vigencia del actual Código Procesal Penal, el agente fiscal ha dispuesto emplazar a dos sospechados para que presenten a la Fiscalía sus celulares, pero como un acto sujeto a la discrecionalidad de los mismos", reiteró.
Destacó que la inmunidad parlamentaria condiciona el procesamiento de un legislador a su previo desafuero por la Cámara respectiva. "Y hablo del procesamiento porque la incautación de las evidencias que obren en poder de un legislador no implica procesamiento ni violación de sus inmunidades parlamentarias y los legisladores mal pueden invocar esa inmunidad para oponerse a la entrega de esas evidencias", aseguró.