El Ministerio de Educación y Cultura recuerda que los Directivos de todas las instituciones educativas de gestión oficial de todo el país, son responsables de inscribir a los nuevos estudiantes de manera gratuita.

Cabe señalar que las normas vigentes establecen que la matriculación es automática, es decir, si un estudiante cursó en el presente año lectivo, deberá ser inscripto para el siguiente año sin necesidad de que los padres de familia acudan a la institución para "jornadas de confirmación de inscripción".

El aporte voluntario acordado por la Asociación de Cooperación Escolar (ACE) conjuntamente con los padres de familia en una asamblea, no podrá requerirse al momento de la matriculación, debiendo establecerse otra fecha durante el año lectivo para el efecto.

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Se reitera nuevamente a los directores de instituciones educativas de gestión oficial y a las ACEs que no está permitido solicitar dinero en concepto de inscripciones y se insta a los padres de familia a denunciar estos hechos en las Supervisiones Educativas más cercanas o en la página web: www.mec.gov.py.

Promulgan Ley Programa Nacional de

Apoyo a la Estimulación Oportuna

En la mañana de este lunes el Poder Ejecutivo promulgó la Ley de creación del Programa Nacional de Apoyo a la Estimulación Temprana que entre otros objetivos tiene la de proveer a todas las madres cuyos partos se realicen en centros hospitalarios de todo el territorio nacional, de un conjunto de materiales orientados a la estimulación oportuna de los recién nacidos.

Así se establecen el contendido de los materiales:

  1. El referido conjunto consistirá en un grupo de juguetes elaborados con materiales reciclados diseñados para favorecer la estimulación sensorial, un grupo de materiales que contiene consejos prácticos para la estimulación oportuna, para la alimentación adecuada y el buen trato de sus hijos, y una carta única y personalizada, dirigida al recién nacido.

2. Los objetivos: Además de aumentar la conciencia de los jóvenes acerca de la importancia de la estimulación oportuna y la alimentación adecuada para el desarrollo neurológico en los primeros mil días de vida, entre otros puntos.

  1. Las autoridades de Aplicación: Las autoridades de aplicación son el Ministerio de Educación y Cultura, el de Salud Pública y Bienestar Social y la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, pudiendo suscribir convenios con las Gobernaciones y Municipalidades de todo el país, la Sociedad Paraguaya de Pediatría, la Sociedad Paraguaya de Psicología, la Universidad Nacional de Asunción y con todo otro actor de la comunidad que a su criterio tenga legitimidad para realizar un aporte a dicho Consejo.

4. Responsables de elaborar los materiales: En cuanto a los materiales a ser utilizados se establece que sean elaborados por los alumnos del octavo y noveno grados de la Educación Escolar Básica de las instituciones de gestión oficial, privada o privada subvencionada, como parte de las actividades de la asignatura de Trabajo y Tecnología, para de esta manera despertar la creación e interés de los educandos.

5. Fines: De esta manera el MEC y las otras instituciones involucradas asumen el compromiso de la búsqueda de una mejor calidad de vida para todos, promoviendo la estimulación temprana que es la base para un exitoso proceso de enseñanza-aprendizaje.

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