El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) resolvió ayer hacer lugar a la demanda presentada por la Asociación Nacional República (ANR) por propaganda prohibida realizada por senador Fernando Lugo. La máxima autoridad electoral ratificó que el ex presidente y actual senador, además, no se encuentra habilitado para ser candidato presidencial en el 2018, aunque en parte de la resolución se señala que la última decisión la debe adoptar la Corte Suprema de Justicia.
"De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico constitucional y electoral, la candidatura del señor Fernando Lugo no puede correr de cara a la prescripción del art. 229 de la ley suprema. No obstante ello, el control constitucional, corresponde lo realice en definitiva la Corte Suprema", señala la resolución en la parte de los considerandos.
El artículo 229 de la Carta Magna hace referencia a la duración del mandato y de la reelección: "El Presidente de la República y el Vicepresidente durarán cinco años improrrogables en el ejercicio de sus funciones, a contar desde el quince de agosto siguiente a las elecciones. No podrán ser reelectos en ningún caso. El Vicepresidente solo podrá ser electo Presidente para el período posterior, si hubiese cesado en su cargo seis meses antes de los comicios generales. Quien haya ejercido la presidencia por más de doce meses no podrá ser electo Vicepresidente de la República".
En la parte resolutiva, el TSJE señala como punto primero, "no hacer lugar a la excepción de incompetencia opuesta por la parte demandada por los fundamentos expuestos en el exordio de esta resolución" y, segundo, "hacer lugar a la demanda presentada por la Asociación Nacional Republicana -Partido Colorado- por propaganda prohibida en los términos y con el alcance establecido en el considerando de la presente resolución".
La resolución lleva las firmas de los tres ministros de la Justicia Electoral, Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.
La demanda fue presentada en noviembre por apoderados del Partido Colorado ante el TSJE, quienes argumentaban que el senador del Frente Guasu no puede realizar campaña política presidencial de forma "engañosa".