El juicio oral por el caso de la supuesta violación en el Club Centenario, ocurrida en noviembre del 2012, finalmente deberá realizarse para el único acusado en la causa. La Sala Constitucional de la Corte Suprema rechazó in límine (sin estudiar el fondo de la cuestión) la acción de inconstitucionalidad planteada por el abogado Carlos Bogado.
La resolución fue dictada en forma unánime por los ministros Miryam Peña, Gladys Bareiro de Módica y Antonio Fretes, quienes entendieron que la acción no cumplía con los requisitos mínimos.
Bogado había accionado contra la resolución del 2 de setiembre de este año del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Adolescencia, que había ratificado las resoluciones dictadas el 28 de marzo pasado por la jueza penal de la Adolescencia, Teresa Franco, quien elevó a juicio oral la causa.
Afirman los ministros que todas las resoluciones dictadas en la audiencia preliminar deberán ser revisadas y estudiadas en el juicio oral y público, por lo que resulta improcedente la impugnación opuesta por el abogado defensor.
El 10 de noviembre del 2012, según la acusación fiscal, una joven fue abusada sexualmente durante una fiesta de 15 años que se realizaba en el club social.
En la investigación fueron imputados 4 menores de edad, de los cuales 2 tienen sobreseimiento definitivo, uno provisional, y uno fue acusado.
En el 2013, unas horas antes de que venza el plazo de la investigación, el fiscal Rogelio Ortúzar acusó por coacción sexual y violación al principal procesado y pidió la elevación de la causa a juicio oral y público.