El Consejo del Salario Mínimo dictaminó aconsejar al Poder Ejecutivo el reajuste del salario mínimo debe darse a base a la inflación que se dio hasta octubre, es decir, en 7,7% lo que equivale a 140.500 y el salario mínimo será G. 1.964.507. El monto actual del sueldo mínimo vigente legal es de G. 1.824.055.

De promulgarse la Ley en los próximos días, dicho incremento se daría este mes de noviembre. Hasta la fecha se aguarda el decreto presidencial que a más tardar podría darse el lunes, informaron colaboradores del mandatario.

Para el Gobierno Nacional, el aumento debería alcanzar los G. 2 millones, teniendo en cuenta las previsiones inflacionarias hasta noviembre, sin embargo, el dictamen, según anunció el viceministro de Trabajo, César Segovia, se dio de ese modo para que los trabajadores puedan cobrar ya a fin de este mes el nuevo salario, sin impedimentos legales, que pudiese acarrear el disponer el aumento en base a las estimaciones inflacionarias. Aclaró que el parámetro de inflación fue tomado del mes de octubre. La inflación es medida por el Banco Central del Paraguay (BCP) a través del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

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La medida de incremento salarial también incluye a las trabajadoras domésticas, que por ley deben cobrar el 70% del salario mínimo a más de los policías y militares.

Con relación a los funcionarios públicos y los uniformados, el ministro del Trabajo, Guillermo Sosa, señaló que para el Presupuesto General de Gastos del 2017 ya incluye lo que podría ser el aumento.

Sosa adelantó que el aumento estaría beneficiando a unos 380 mil trabajadores, pero a la vez tiene una incidencia en todo el sistema financiero, porque hace que los trabajadores informales también tengan un aumento en su salario y el impacto es mucho mayor. Comentó que existe aproximadamente 500 mil obreros trabajando en la informalidad.

El congreso Nacional sancionó el proyecto de Ley que establece el aumento del salario mínimo de manera automática en forma anual. El incremento se deberá dar cada 30 de junio proporcionalmente al porcentaje de inflación de ese momento.

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