Una incertidumbre crece entorno al futuro de la Fiscalía General del Estado (FGE), dado que ayer feneció el periodo de 5 años de mandato del actual titular, Javier Díaz Verón. Hasta la fecha ninguna de las instituciones encargadas de iniciar el proceso para la selección del próximo fiscal general se pronunció al respecto.

Ante este hecho, Díaz Verón podría quedar a cargo del ente por una Reconducción tácita, según la interpretación de algunos sectores.

El Consejo de la Magistratura (CM) es el órgano encargado de convocar a concurso de oposición para luego realizar las ternas correspondientes, y remitir al Poder Ejecutivo. Tras la elección del Ejecutivo del candidato a fiscal general, el Senado deberá prestar acuerdo constitucional para avalar la elección. Mientras que la comunicación oficial al CM del fenecimiento del mandato y próxima vacancia en la FGE, está a cargo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Hasta la fecha no se realizó ninguno de los procedimientos mencionados.

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La Constitución en su artículo 269 - De la elección y de la duración, establece que: "El Fiscal General del Estado tiene inamovilidad. Dura cinco años en sus funciones y puede ser reelecto y nombrado por el Poder Ejecutivo, con acuerdo del Senado, a propuesta en terna del Consejo de la Magistratura".

Sin embargo, a raíz de las marcadas diferencias políticas principalmente entre los colorados oficialistas y disidentes de la Cámara de Senadores no permite que el CM pueda sesionar. Este hecho radica desde julio cuando senadores colorados disidentes y opositores designaron al senador Enrique Bachetta, como representante de la Cámara Alta ante el órgano extrapoder.

Los oficialistas argumentan que Bachetta no puede representar al Senado teniendo en cuenta que la Ley establece que una persona puede ocupar el cargo por dos periodos y el mismo ya fue miembro del CM por dos periodos representando al Colegio de Abogados.

Como consecuencia a estas diferencias, el legislador disidente no pudo asumir en el cargo ya que desde julio el CM por falta de quórum en las sesiones.

Ante esta situación, y evitando que el Ministerio Público quede acéfalo, algunas autoridades optan por recurrir a la figura jurídica de la Reconducción Tácita. No obstante, algunos senadores coinciden en que dicha figura no existe en el derecho de la administración pública.

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