Entre las empresas, de acuerdo con el portal de la Administración Tributaria, figuran Aceros del Paraguay SA, Alcopar SA, además de Ára SA de Finanzas, Azucarera Iturbe SA y Consultoría Integral para el Desarrollo Empresarial SA (CIDESA).
También se encuentran dentro de la nómina las cooperativas Cooperalba Ltda., de Trabajo Unimed Alto Paraná, así como el Frigorífico San Pedro SAE, Hortec SRL, Pacific Agrosciencies SAIC, Secretaría de Emergencia Nacional, Tecnoedil SA Constructora y Teledifusora Paraguaya SA.
Desde la SET agregaron que las deudas pendientes de estos contribuyentes se arrastran desde años anteriores, incluso son del 2007.
En algunos casos corresponden al Impuesto a la Renta de las Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (Iracis) e Impuesto al Valor Agregado (IVA), así como certificados de deuda, retenciones y multas por contravenciones, las que están siendo tramitadas por la SET, incluso en instancias judiciales.
VARIACIÓN
La situación de estos contribuyentes puede variar de acuerdo a los pagos que estos realicen o como consecuencias de la determinación de obligaciones por parte de la administración. El artículo 188 Inc. k) de la Ley 125/91 dispone la publicación de la lista de los contribuyentes morosos, mencionaron.
De acuerdo con la categorización tributaria, son considerados como grandes contribuyentes todas las personas físicas o jurídicas que facturan al año más de G. 6.000 millones.
Algunos tributaristas, como Fabián Domínguez, habían coincidido en señalar que la Administración Tributaria hace uso de la herramienta de levantar al portal digital la lista de morosos como parte del paquete de medidas para reducir una de las brechas de evasión, además, de acogerse a la política de transparencia de la información.
En este sentido, con el Decreto Nº 5.994, el Poder Ejecutivo amplío las facultades y atribuciones del Departamento Jeroviaha de la Administración Tributaria, pudiendo los agentes intervenir en la operación realizada en el establecimiento con el objetivo de verificar la correcta expedición del comprobante de venta, así como solicitar a los consumidores finales, contribuyentes o no, la exhibición de la factura.