Pese a la imputación que lleva encima Noyme Yore, defensora general del Ministerio de la Defensa Pública (MDP), La Nación tuvo acceso a documentaciones que confirman que la misma percibió más de Gs. 46 millones entre sueldo, gratificaciones y viático por el mes de octubre.

En el mes de septiembre, los fiscales de Delitos Económicos y Anticorrupción, Josefina Aghemo y José Dos Santos, solicitaron la elevación a juicio oral y público del caso que involucra a la principal responsable del Ministerio de Defensa Pública (MDP), Noyme Yore Ismael, acusada por los representantes del Ministerio Público por usurpación de funciones públicas.

Desde Chile, el ministro de la Función Pública, Humberto Peralta conversó con La Nación y explicó que en varias oportunidades -sobre el caso Yore- solicitaron informes al Ministerio de la Defensa Pública sobre si tenían o no acción de inconstitucionalidad contra la Ley de la Función Pública. Como nunca obtuvieron respuesta, derivaron el pedido de informe a la Corte Suprema de Justicia, que tampoco respondió al requerimiento.

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"Consultamos al MDP si tenían o no acción de inconstitucionalidad contra la Ley de la Función Pública, como no tuvimos respuesta, enviamos el pedido a la Corte Suprema de Justicia. A los dos pedidos nunca nos han respondido", aseguró.

El caso concreto -explicó el ministro- es si al MDP se aplica o no el mismo acuerdo y sentencia de la Corte Suprema de Justicia sobre la Ley 1626 de la Función Pública.

"Por conveniencia del MDP, ellos dicen aunque no hay documentos de la Corte Suprema de Justicia que digan eso. Aseguran que no se rigen por la Ley de la función pública", afirmó el ministro.

Por otra parte, explicó que Noyma Yore, en su carácter de máxima autoridad institucional (ordenadora de gastos) le corresponde aún la asignación del cargo y puede seguir cobrando tanto su salario como los complementos salariales.

"Si Noyma Yore no se rige por la Ley de la función pública y además siendo máxima autoridad institucional, la separación del cargo es la única manera para que no pueda seguir cobrando los complementos salariales. Como ella no está separada del cargo, tiene aún la asignación de dicho cargo y eso depende de decisiones administrativas y políticas de la Corte Suprema de Justicia", explicó Peralta.

De esta manera, Yore al ser ordenadora de gastos, es la única responsable de asignarse o no asignarse las remuneraciones complementarias, en este caso por criterio de prudencia dentro de la administración pública.

Criterio de Prudencia

Esta figura contempla que ante la duda de pagar o no salarios, gratificaciones, viáticos y otros se considera mejor dejar de pagar antes de pagar y configurar como un supuesto hecho de cobro indebido, que en caso de comprobarse los hechos que involucran al funcionario, además figuraría como como un daño patrimonial.

Finalmente el ministro agregó que la última palabra la tiene la Contraloría General de ñla República. "Corresponde a la Contraloría General de la República o al Ministerio Público – a cuyo cargo está la investigación penal- determinar si es que existe o no alguna figura de cobro indebido de honorarios. La Secretaría de la Función Pública no puede, ni tiene atribuciones legales para participar, salvo que el Ministerio Público solicite un dictamen".

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