Felino Amarilla, abogado.

Representantes legales del Banco Itaú manifestaron su disconformidad con respecto a la demanda civil iniciada por la empresaria Marys Llorens, por daños y perjuicios y lavado de dinero contra la mencionada entidad.

Llorens había sido estafada supuestamente por 3 funcionarias de la firma Viradolce SA, que es de su propiedad, sufriendo una pérdida total de G. 40.766.204.483, más US$ 632.125 (unos US$ 7.911.804 en total).

Según manifiesta la demanda, el banco pagó irresponsablemente 256 cheques a las funcionarias Carmen Lourdes López, Fabiola Bareiro y Anie Gibbons, por lo cual exige ser indemnizada con la suma de G.136.021.660.428, más US$ 684.212 (unos US$ 21.610.621 en total).

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Julio Ernesto Giménez, abogado.

La entidad bancaria sostiene que es un monto exagerado ya que ellos en todo momento actuaron conforme a las leyes y consideran que no son ellos los responsables de lo que se los acusa, sino las empleadas que ya fueron imputadas en la causa.

"Ellos alegan que el perjuicio sufrido se debe a que el banco pagó equivocadamente 256 cheques. Lo curioso es que en una primera denuncia penal se dice que su dependiente Anie y Lourdes le despojaron a ella de una suma de dinero equis y hoy reclama que mi mandante pague lo que ella dice que le despojaron sus funcionarias.

Esa es la primera contradicción, que no hay una relación causal. Lo segundo es que ella dice que los 256 cheques fueron pagados en forma irregular. Nuestra tesis avala que el banco pagó correctamente todo, en base a las leyes bancarias", manifestó el abogado Julio Ernesto Giménez, representante de Itaú.

El abogado Felino Amarilla, representante de Llorens, defiende su postura y sostiene que "el banco Itaú no cumplió con la normativa establecida en el código civil. Todas las operaciones fueron ilegales, no se cuidó el endoso ni el origen de los fondos. El daño es el monto sustraído.

Cuando hablamos de indemnización significa que te tiene que dejar como estabas antes de lo ocurrido. El primer cheque fue detectado en enero del 2003, entonces los intereses corren desde entonces hasta la fecha en que se gana la demanda y se logra cobrar lo solicitado. Eso es indemnización, daño emergente y lucro cesante", dijo Amarilla.

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