El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) y la Policía Nacional avanzan en el diseño de protocolos de actuación policial que permita el cumplimiento de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes que requieran protección, como así también aquellos que entren en conflicto con la ley penal. Este proceso se lleva adelante en coordinación con las demás instituciones del sistema de protección y penal adolescente y apunta a una mayor eficiencia de los distintos operadores.

Con base al monitoreo y seguimiento que realiza, el MNP observó que la Policía Nacional requiere contar con herramientas específicas que orienten en situaciones de intervenciones con niñas, niños y adolescentes, acordados con las demás instituciones de protección.

En este marco se tiene avanzado un borrador de Protocolo policial con niños, niñas y adolescentes en el ámbito de protección, que busca brindar claridad en los modos y circunstancias de derivación de casos; es decir, cuando la Policía interviene para proteger a un niño, una niña o un adolescente que se encuentra en una situación de vulnerabilidad porque sufrió maltrato o abuso, o alguna situación que amerite adoptar medidas de protección. Este protocolo permitirá al personal policial contactar a las demás instituciones de protección (Codeni, Defensoría de la Niñez y la Adolescencia, Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, etc.) de manera más efectiva y así evitar las largas horas de permanencia en sede policial.

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Igualmente se lleva adelante la discusión en torno a la elaboración del Protocolo policial con adolescentes en conflicto con la ley penal. Para ello se instaló una mesa de trabajo integrada por representantes del MNP, la Policía Nacional, el Ministerio Público, el Poder Judicial, la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia, y el Ministerio de la Defensa Pública, donde se evalúan criterios institucionales en cuanto a los procedimientos e intervenciones.

El MNP constató que los adolescentes son los que pasan mayor tiempo en sede policial, en un promedio de 48 horas, cuando que un adulto no pasa más de 24 horas para que se resuelva sobre su libertad. Por ello, el protocolo apunta a que ese primer contacto que tiene el o la adolescente sea respetuoso de sus derechos y para ello se requieren ajustes en las prácticas institucionales, no solo de la Policía Nacional, sino también de la Defensa Pública (intervención desde la comunicación de la detención); Poder Judicial (realización de audiencias en el menor tiempo posible y control de cumplimiento de garantías); Ministerio Público (aplicación del procedimiento especial para adolescentes).

La importancia de estas acciones radican en la necesidad de aplicación efectiva de la protección especial que el Estado paraguayo se ha comprometido a brindar al ratificar la Convención de los Derechos del Niño y a quince años de vigencia del Código de la Niñez y la Adolescencia, las instancias se han creado pero aún la coordinación interinstitucional es insuficiente para garantizar respuestas efectivas y adecuadas que promuevan y protejan a la infancia en situación de vulnerabilidad.

El Mecanismo de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (MNP), creado por Ley Nº 4.288/11, tiene el fin de prevenir prácticas o situaciones que puedan ser propicias, faciliten o puedan derivar en torturas u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes hacia personas privadas de libertad o en situación de encierro o custodia.

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