Conforme con el último registro de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) existe un total de 214 auditores externos impositivos con licencia en el país. De este total, 157 están habilitados a prestar servicios bajo la Resolución General Nro. 29/14, disposición que contempla rigurosas exigencias para acceder a la inscripción.

Mientras que 57 auditores fueron habilitados por orden judicial, por acuerdo y sentencia de la Corte Suprema de Justicia.

Meses atrás, la Administración Tributaria habilitó otro registro para inscribir a los 67 auditores y empresas que accionaron contra la Resolución Nro. 29 del 25 de junio del 2014, por la cual se disponían nuevos requisitos más rigurosos para la habilitación y control de los auditores externos.

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Esto, luego del rechazo de la Corte Suprema de Justicia al recurso de aclaratoria que había sido presentado por la Administración Tributaria el año pasado al generarse una incertidumbre por los dos fallos adversos de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre el caso de la acción de inconstitucionalidad presentada por gremios y firmas auditoras contra la Resolución Nro. 29.

En ese sentido, en noviembre del año pasado, la Sala Constitucional emitió un primer fallo, no haciendo lugar a la acción promovida por el Colegio de Contadores del Paraguay, mientras que al día siguiente, se expide otro, declarando la inconstitucionalidad presentada por la firma "Amaral Asociados Sociedad Simple y otros".

RECHAZO

La Set también rechazó la solicitud del Colegio de Contadores del Paraguay (CCPy), cuyos integrantes pidieron a la Administración Tributaria la inscripción automática de unos 650 auditores impositivos externos que ya figuran en el registro bajo los requerimientos de una resolución anterior.

La respuesta de la viceministra de Tributación, Marta González, fue que dispondrá de varios técnicos que chequearán las carpetas de los profesionales para el posterior registro, siempre en el marco de las disposiciones de la Resolución Nro. 29 por la cual se disponen nuevos requisitos más rigurosos para la habilitación y control de los auditores externos.

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