"Mi opinión humilde en este contexto es que se trata de una diligencia técnica (el anticipo jurisdiccional de pruebas) que basta con la presencia de los abogados y no es imprescindible -ni siquiera causal de nulidad- que estén presentes los imputados", manifestó el director jurídico del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Enrique Kronawetter, quien fue entrevistado en la 970 AM.

Kronawetter inició así su parecer sobre la actuación del juez Leonardo Ledesma, quien dispuso la presencia en la morgue de los agentes especiales de la SENAD imputados en el caso de la niña Viviana. Esta disposición creó una innecesaria tensión ya que los imputados estaban prácticamente cara a cara con los familiares de la pequeña víctima fatal.

Por otro lado, a pesar de no querer profundizar sobre el tema, el abogado Kronawetter agregó que "se va analizar hoy en el plenario, la conducta que avalaría, desde el punto de vista del Código Procesal Penal, la realización de la diligencia que desencadenó en el luctuoso suceso que todos ya conocen."

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"No es imprescindible que estén presentes los imputados, porque se trata de una diligencia técnica y generalmente poco o nada puede hacer ahí el imputado, porque por lo general no tiene los conocimientos técnicos, principalmente para el tipo de diligencia que se realizó y que me contaron fue una autopsia", añadió.

La importancia del anticipo jurisdiccional de prueba -en caso de que la causa se eleve a juicio oral y público- será valorada e introducida por su lectura, o sea, ya no se podrá repetir dicha diligencia, indicó asimismo.

"Incluso si uno se fija en el siguiente artículo del Código Procesal Penal, el Art. 321, se habla de casos de urgencia, donde incluso se puede prescindir de las citaciones y llamar a un defensor público para que controle dicha diligencia. Obviamente, que a lo mejor no ha de ser el caso, yo conozco el suceso, pero procesalmente no tengo la particularidad de todo lo que se hizo hasta el momento", puntualizó Kronawetter.

Por otro lado, el juez penal de garantías, Leonardo Ledesma, también explicó sus razones sobre el encuentro de los familiares de la niña y los imputados por el hecho al momento de la autopsia.

"El Art. 320 me obliga a que estén todas las partes, no me da ninguna excepción. Yo podría rechazar, pero me van a decir por qué no se extrajo la bala, que se podía hacer en otra oportunidad, pero como la fiscala ya solicitó la diligencia como Anticipo Jurisdiccional de Prueba, tiene que ser acatado", sostuvo Ledesma.

"Un caso emblemático como este, estos pobres tipos (en referencia a los imputados de la Senad), no saben todavía lo que les espera", se justificó Ledesma, agregando que no deben dejar "ningún resquicio" para que se dilate el proceso.

"Dentro de tres meses se van a dar cuenta que le está esperando 25 años de cárcel. Entonces van a buscar nulidad, para ir dilatando. Así se dilata el proceso. No hay que dejar un resquicio para que ellos empiecen a dilatar el proceso, hay que cerrar todo, algunas veces puede ser impopular o puede parecer hasta inhumano, pero mucho más inhumano es que en cinco o seis años no haya condena", argumentó el juez Ledesma.

Actualmente, los imputados se encuentran aún sin lugar donde guardar reclusión. Los nueve agentes de la Senad pasarán la noche en el Departamento de Judiciales de la Policía Nacional.

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