La Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República informó que se han dictado los decretos por los cuales se autoriza al Ministerio de Hacienda la modificación de ingresos, transferencias, créditos y modificación del Plan Financiero para la Senavitat.
Además, se reglamenta la Ley Nº 1652/2000 "Que crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral", y se deroga el Decreto N° 15.904/2001".
Se autoriza al Ministerio de Hacienda la modificación en la estimación de los ingresos de la Administración Central y de la Entidad Descentralizada (Secretaría Nacional de la Vivienda y el Hábitat), dentro del Presupuesto 2016, por el monto de siete mil setecientos un millones doscientos cincuenta y cuatro mil novecientos treinta y seis guaraníes (? 7.701.254.936.-)
Esto permitirá el pago de deudas pendientes de ejercicios anteriores para beneficiar a 227 familias con subsidios para la vivienda social, dentro del programa del Fondo Nacional de la Vivienda Social (Fonavis).
Se reglamenta la Ley Nº 1652/2000 "Que crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral", y se deroga el Decreto N° 15.904/2001"
Por medio del Decreto respectivo, el Poder Ejecutivo reglamentó la Ley Nº 1652/2000 "Que crea el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral". La solicitud de formalización del decreto fue realizada por el Ministerio del Trabajo. Asimismo, se deroga el Decreto N° 15.904/2001.
A través del acto administrativo, se posiciona a la Sinafocal, con competencias en materia de aprobación de planes de formación técnica básica, intermedia y avanzada, así como en materia de certificación de competencias laborales a través del Servicio Nacional de Promoción Profesionales (SNNP) y los Institutos de Formación y Capacitación Laboral (FCL), estos últimos del sector privado.
A efectos de fortalecer aún más el sistema, se crea el Registro de Institutos de Formación y Capacitación Laboral (Reifocal), que se constituirá en una herramienta que contribuirá a mejorar la calidad institucional de los IFCL, beneficiándolas con un mejor desempeño, con la aplicación de modernas prácticas de administración.
El Reifocal permitirá la incorporación de mano de obra calificada a la economía nacional, que responda al mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios, generados y proporcionados mediante una acción conjunta del Gobierno y el sector privado.
Por otra parte, la Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República informa que el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 5622/16 "Que Establece la Gratuidad de la Expedición del Certificado de Vida y Residencia."
De conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 de la Ley N° 834/96 "Código de Organización Judicial" la expedición del certificado de vida y residencia para la inscripción en el Registro Cívico Electoral será otorgado "por el Juzgado de Paz local", sin explicar que la misma se hará en forma onerosa o gratuita.
El Estado se ve en la obligación de proveer de todos los mecanismos administrativos y demás elementos de carácter prácticos para que los ciudadanos puedan cumplir a cabalidad con las disposiciones inherentes al ejercicio de sus derechos cívicos electorales, a partir del primer momento hasta el final del acto eleccionario.
Desde su inscripción hasta el final de la votación. En ese sentido, se hará lo propio con el tema de la gratuidad de la expedición del certificado de vida y residencia para la inscripción en el Registro Cívico Permanente para que el ciudadano pueda hacer uso de su derecho a sufragar en los actos electorales de la República.
Asimismo, el presidente de la República remitió el mensaje de conformidad con lo dispuesto por la Constitución, en los Artículos 238, Numeral 7), y 224, Numeral 3), para el cual solicita el correspondiente Acuerdo Constitucional, a fin de proceder a la designación de Oscar Rodolfo Benítez Estragó, en carácter de embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República del Paraguay, ante el Reino de Marruecos, según el comunicado.