El Ministerio de Industria y Comercio (MIC), a través de la Dirección General de Comercio de Servicios, informa la suspensión de la percepción de tasas en concepto de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios (REPSE) por espacio de 180 días.

Al mismo tiempo aclara que están obligados a la inscripción las personas físicas o jurídicas que prestan servicios y que sean contribuyentes del impuesto al Valor Agregado (IVA).

Además, puntualizan que están exentos de la inscripción aquellos profesionales y/o técnicos que se encuentran en situación de dependencia del Estado y que no sean contribuyentes del IVA.

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"Además, hay que destacar que con la puesta en marcha de esta normativa se está evitando que extranjeros no registrados, temporal o permanentemente, compitan deslealmente con profesionales paraguayos que sí tributan. El MIC estará trabajando con las asociaciones profesionales que han solicitado protección y reglas iguales para sus asociados. De esta manera el Ministerio de Industria y Comercio protege también al profesional paraguayo", dice en parte la divulgación.

Para más información los teléfonos habilitados son: 0216163078. 0216163197 o en el sitio web del MIC.

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