Un tercer recurso por escrito fue presentado por un representante legal de Autores Paraguayos Asociados (APA), por la mañana de ayer, antes del reinicio de la sustanciación de audiencia; pero, finalmente, el abogado Leonardo Garófalo no participó del procedimiento administrativo en que la entidad autoral debía presentar su defensa ante una acusación de 965 hojas.
Esta audiencia abrió el miércoles pasado, en el edificio de la Dirección de Registro de la Dinapi (Dirección Nacional de Propiedad Intelectual), y el juez sumariante, el abogado Leopoldo López, declaró un cuarto intermedio de 48 horas para considerar el recurso de nulidad y la recusación al juez, que los asesores jurídicos de APA presentaron previamente, aunque tampoco intervinieron en la audiencia, en aquella ocasión.
Con la presencia de varios socios descontentos con la gestión de la actual administración de APA; López trató primeramente su recusación, argumentando que las sociedades de gestión colectiva se rigen por la Ley 1.328 de Derecho de Autor, y que, con la Ley 4.798, se confiere potestad a la Dinapi para autorizar, fiscalizar y sancionar a estas entidades. Así como de sustituir a un director interno; tras la inhibición del anterior. López fue designado por resolución 53, del 22 de febrero, en representación de la Dirección Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos, y APA no puede alegar su desconocimiento, "pues esta ya fue utilizada para realizar un sinnúmero de comunicaciones a la entidad", incluyendo la notificación de la acusación, del 18 de marzo.
La nulidad sobre la resolución 25/15 de Dinapi, sobre el procedimiento de la audiencia, también fue considerado improcedente; por tratarse de una norma de carácter general para las entidades de gestión autoral. Por ello, también se resolvió rechazar por la reposición y apelación en subsidio, hecha ayer. A continuación, se verificó la incomparecencia de la defensa de APA, lo que procedió a que "se tengan por probados los hechos denunciados, quedando el expediente en estado de autos para resolver". El juzgado administrativo tiene hasta el próximo martes para deliberar y fundamentar su resolución.
Piden suspensión
a administradores
"Quiero dejar constancia que cualquier presentación, cualquier ejercicio de la defensa, o de incidente, debe realizarse en la audiencia", expresó el abogado Héctor Balmaceda, director de Observancia de Dinapi, durante la audiencia, señalando los asientos vacíos preparados para la defensa de APA. Balmaceda señaló que no se infringió ningún artículo del derecho a la defensa, que se desarrolló un proceso administrativo previsto por la Ley 1.328; y ratificó el informe que detalla varias irregularidades de la entidad autoral. El abogado recomendó multa y suspensión temporal por un periodo mínimo de 3 meses para APA. Se aclaró que una "suspensión" no implica el "cierre" de la entidad, sino el cese de la administración actual en la gestión de los derechos de autor.