Ante el pedido de certeza constitucional presentado por el abogado Alfredo Estigarribia, respecto a lo que la Constitución expresa realmente sobre la reelección presidencial, juristas consultados sostienen que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no podrá responder.
El abogado José Casañas Levi afirmó que la Corte no puede expedirse ante una acción como la referida, puesto que la figura invocada no existe dentro de la legislación paraguaya. "Lo único que existe es una acción de inconstitucionalidad, que puede plantear cualquier persona, pero tiene que ser en un caso concreto, no se puede plantear genéricamente", explicó.
Señaló que la Corte no es un órgano consultivo y aseguró que el pedido no es viable y que no se le debería siquiera dar trámite. "El Código Procesal civil es el que establece el procedimiento para recurrir a la Corte, ese procedimiento tiene que ser siempre en un caso concreto y tiene que ser por acción o por excepción; no pude cualquier persona presentar en la Corte y pedir que se expida sobre algo", indicó.
Por su parte, el abogado constitucionalista Osvaldo Granada Salaberry coincidió con que la máxima instancia judicial no debe expedirse en el tema; sin embargo, advirtió que podría hacerlo, debido a las presiones políticas que se ejerza sobre el punto. "La Corte está tomando una mala costumbre de dar un esquema de certeza constitucional, que dentro dentro de un esquema técnicamente no da para que la Corte de la certeza constitucional", explicó.
En este sentido, Granada criticó a la instancia judicial y alegó que el sector político ejerce una gran presión para este tipo de peticiones. "Fue usado por los políticos empezar con el tema de la certeza constitucional, le tienen a la Corte como una suerte de diccionario jurídico y eso no está bien", señaló.