La viceministra de Tributación, Marta González, confirmó que al inicio del período parlamentario previsto para este marzo, insistirán en la aprobación del proyecto de Ley que modifica y amplía el Régimen de Infracciones y Sanciones Tributarias.
La propuesta normativa se encuentra pendiente de aprobación en el Congreso Nacional desde el 6 de mayo del 2014.
Desde la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) remarcaron que buscarán la inminente salida del proyecto, considerando el último gran caso de megaevasión denunciado en la semana ante la Fiscalía de Delitos Económicos.
En el nuevo esquema de estafa al fisco, las facturas de presunto contenido falso rondan los G. 1,6 billones, alrededor de US$ 300 millones, sobre los cuales, existiría una evasión en concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto a la Renta de Actividades Comerciales, Industriales y de Servicios (IRACIS) de G. 300.000 millones.
El Ministerio de Hacienda plantea entre los puntos más importantes de la normativa, el acceso sin orden judicial a las informaciones privadas de los contribuyentes, administradas por entidades bancarias, financieras, de seguros, casas de cambios así como cooperativas e incluso las instituciones públicas y privadas.
De aprobarse el proyecto de Ley, el sector estará obligado a brindar todos los datos solicitados por la SET.
MÁS ALCANCES
Además, la Subsecretaría de Estado de Tributación propone que la suspensión temporal no alcance a determinadas actividades que cometan infracciones tributarias como los servicios hospitalarios, sanatoriales, educacionales, tampoco a la de difusión masiva de comunicación por medios radiales, escritos o televisivos, servicios profesionales independientes o servicios públicos básicos.
En cuanto a la suspensión de otras actividades que no figuran entre las exceptuadas, la administración tributaria plantea que durante el período de suspensión cesará totalmente la actividad comercial, industrial o de servicio de la oficina o establecimiento afectado.
Salvo la que fuera imprescindible para la conservación y custodia de los bienes depositados en su interior, o para la continuidad de los procesos de producción que no pudieran interrumpirse por razones inherentes a la naturaleza de los insumos y materias primas utilizados.
Aclara que la medida administrativa expondrá a los infractores a la pérdida de subvenciones públicas o el derecho de obtenerlas, inhabilitación para participar en licitaciones públicas y pérdida de beneficios o incentivos fiscales o el derecho de acceder a ellos.