A LA OPINON PUBLICA
Antes declaraciones vertidas por el Presidente de la República a través de su vocero oficial del Equipo Económico, Ministro Gustavo Leite, en fecha 25/01/2016, en el marco del pedido del reajuste Tarifario pretendido por la Essap S.A.; y en las que se niega conceder dicho pedido según los siguientes criterios.
1 – Eliminar todos los planilleros.
2 – Desarmar los Contratos Colectivos; eliminar los beneficios discriminatorios que tienen a partir de sus Contratos Colectivos.
3 – Sincerar totalmente sus costos hacía la ciudadanía.
El Sindicato Autentico de Trabajadores de la Essap manifiesta en este orden cuanto sigue:
Referente a la necesidad de detectar y combatir la existencia de planilleros dentro de la empresa, compartimos y acompañamos plenamente la importancia de depurar la institución de supuestos funcionarios que sin cumplir funciones efectiva en la ESSAP S.A. Podrían estar desangrando el presupuesto.
Con relación al 2º punto expresamos nuestro firme rechazo del argumento en contra los beneficios del Contrato Colectivo esgrimido por las autoridades como uno de los fundamentos para denegar el pedido del reajuste Tarifario. Estas afirmaciones carecen de suficientes criterios técnicos y legales para ser tenido en cuenta a la hora de adoptar la tan importante decisión de subir o no la tarifa. Privando con este argumento a la empresa de la posibilidad de modernizar mejoras en sus servicios.
Aclaramos que el Contrato Colectivo de Condiciones de trabajo vigente en la ESSAP S.A. se ajusta plenamente a la Constitución Nacional y a las condiciones de la economía de la empresa. No representa una sobrecarga financiera que pueda quebrantar proyectos de inversión y el sostenimiento de la empresa.
Estimamos que los beneficios del C.C.C.Y. está en el orden del 2% del presupuesto general, siendo un porcentaje bastante exiguo como para que se pueda considerar como factor relevante en el otorgamiento o no de un reajuste tarifario. Es de público conocimiento que para mejorar los servicios que la empresa presta se requiere de grandes inversiones (por lo menos, unos 1.500 millones de dólares).
En cuanto al último punto, apoyamos la inquietud y la necesidad de sincerar los costos de los servicios a la ciudadanía.
EL SINATRAE tiene como principio fundamental la protección de los derechos y beneficios del trabajador contemplados en el Contrato Colectivo de Condiciones del Trabajo amparados por la Constitución y las leyes, por lo cual no dudará en defender cualquier acción que represente una amenaza a los derechos adquiridos del funcionariado.
COMISIÓN DIRECTIVA