Entrevista: Carlos Gómez

Foto: Christian Meza

Marta González Ayala reemplazó a Javier Contreras en la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ya le tocó trabajar con dos ministros de Hacienda, primero con Germán Rojas y ahora con Santiago Peña, es doctora en Ciencias Contables y cuenta con un posgrado en Auditoría Financiera Computarizada.

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Está convencida de que la equidad impositiva es un requisito para construir un futuro mejor, y asegura que desde el Gobierno pretenden generar más recursos tributarios para atender las necesidades de la población que van en aumento. En esta conversación, Marta González, también defiende el aumento de los requisitos para contadores y auditores, y los estrictos controles fiscales para seguir desarticulando grandes esquemas montados para evadir impuestos.

¿Cómo surge la Resolución Nº 29?

La Ley Nº 2421/04 en su artículo 33, nos da la potestad de reglamentar quiénes pueden ser auditores externos impositivos, cómo se debe hacer el trabajo, y qué se debe informar a la SET y al contribuyente auditado y cuáles son las sanciones que corresponden.

La Resolución Nº 29 es una réplica de los registros que ya existen a nivel país. Lo que buscamos es una mayor formalización de la economía y fortalecer la práctica de un servicio esencial para la administración tributaria.

Los contadores dicen que la auditoría es una materia de la contabilidad, y que no se necesita ser un genio, lo único que se puede exigir es la idoneidad.

La administración tributaria necesita de un perfil altamente calificado y especializado. Un contador recién recibido no puede ser auditor. El que egresa en cualquier universidad, no tiene condiciones de hacer auditoría, por lo menos no tiene condiciones para dictaminar un balance, porque va a dictaminar cualquier cosa. La auditoría se aprende con una especialización académica, posterior al título de grado y con una experiencia importante.

¿Hay que ser doctor para realizar una auditoría?

No es obligatorio tener título de doctor. Pero como el servicio es de alta calidad, por supuesto que vamos a asignar mayor puntaje al que acredite título de posgrado, maestría o doctorado, pero hay muchos, hoy habilitados bajo la Resolución Nº 29, que tienen título de licenciado en contabilidad.

–"Los honestos pagan por los pecadores", reclaman los profesionales, y recuerdan que ustedes deberían perseguir conductas ilícitas.

Mala práctica profesional existió siempre. Como Estado, tenemos que garantizar, en lo posible, que la habilitación de los que prestan el servicio, tengan perfil adecuado. Lo que queremos evitar es el reclamo de los contribuyentes, que llegan a la SET, quejándose "ustedes habilitaron a este auditor, me obligan a pagar honorarios, el auditor me dijo que está todo OK, pero después vienen y me avisan que dejé de pagar una suma importante.

La Corte dijo que la resolución es inconstitucional.

Existieron dos fallos. Uno de ellos, donde la Corte Suprema de Justicia dijo: la resolución 29 es constitucional. Y lo ha detallado en una serie de puntos, respondiendo todo lo planteado por el Colegio de Contadores del Paraguay. Al día siguiente, sale otra, aplicable solamente a los que volvieron a recurrir que benefició a 67 auditores.

¿Acaso la primera no fue rechazada por problemas de forma, sin analizar el fondo?

Eso no es cierto. La Corte sí atendió la cuestión de fondo y concluyó que la Resolución Nº 29 no atenta contra los derechos de la igualdad, la libertad y el trabajo, ni de la libre concurrencia consagrados en la Constitución Nacional, ya que la norma reglamentada requiere de una especialización en el ramo de la auditoría externa impositiva para realizar la delicada labor, y la SET, al reglamentar la referida auditoría impositiva, no hizo más que dar fiel cumplimiento al mandato legal.

Es por eso que pidieron una aclaratoria sobre su última decisión, que fue rechazada. Entonces, no tienen más que acatar.

Lo que se planteó en la aclaratoria, fue una pregunta a la Corte, ¿qué parte de la resolución 29 es inaplicable para este segundo caso? Por eso hay que mirar en detalle, nosotros lo tomamos con la mayor seriedad y respeto a los fallos judiciales. Hemos mirado ambos, consecuentemente lo que la SET tuvo que hacer, ante dos fallos contradictorios sobre una misma resolución, es abrir un registro especial, en donde no puede entrar nadie más que los 67 que ganaron la acción.

La resolución obliga a los auditores a proporcionar a la SET los papeles de trabajo.

El auditor habla mediante su dictamen, en él debe decir que está bien o mal. Lo que exige la resolución es que informe toda situación que incumplan las normas impositivas. Si el auditor detecta una irregularidad, está obligado a informar en su dictamen. Esto no lo dice la SET, lo dicen las normas internacionales de auditoría. De lo contrario, no tendría sentido hacer auditoría, ¿para qué quisiera el Estado la revisión sino es para obtener la información de un cumplimiento cabal de la obligación tributaria?

¿Existió advertencia a los contribuyentes, sobre el nivel de riesgo que significaría contratar a uno de los contadores de la lista habilitada por orden judicial?

La advertencia, de mayor control a los sectores de mayor riesgo, no específicamente por el auditor que contrata, existe. Aunque no pueda hablar individualmente de cada uno, hay auditores buenos dentro de los 67 que plantearon la acción judicial. Cualquier contribuyente puede contratar al profesional que le parezca.

Una resolución judicial no tiene efecto "erga omnes", pero ¿no le parece que una resolución, ya declarada inconstitucional por la Corte, no tiene motivo de ser?

No podemos derogar un registro avalado por un fallo de la CSJ, no te olvides que existen dos sentencias. Por eso es que decimos que aquí hay un escándalo jurídico. La Corte primero dice que mi resolución es legal y rechaza la acción planteada por el Colegio de Contadores del Paraguay, y en otro fallo, me dice que no es válido y lo declara inconstitucional beneficiando a 67 auditores.

¿No hay ninguna intención de la SET de derogar la Resolución Nº 29?

No hay ninguna razón para derogarla. Desde la SET no estamos castigando a nadie, lo que buscamos es un país más serio. El hecho de que existan hoy más de 150 auditores que gestionan su habilitación, más los 100 que ya están inscriptos con la Resolución Nº 29, prueba fehacientemente que aquí no se castiga a nadie.

El senador Adolfo Ferreiro la acusó de tener delirios autoritarios y hasta de sedición, por pretender ir contra un orden constitucional establecido.

Como servidora pública, estoy expuesta a cuestionamientos. El trabajo que nosotros hacemos es un trabajo que no le gusta a la gente, no generamos simpatía al decir al contribuyente "meté la mano en el bolsillo y pagá los impuestos". Aun así, no voy a trabajar para darle el gusto a un determinado grupo de interés.

¿Su relación con Audicom podría afectar su desempeño en el cargo?

De ninguna manera, y es algo que puedo demostrar en cualquier instancia. Audicom es una compañía que tiene 30 años en el mercado, de la cual ya no formo parte. Mi esposo es uno de los cuatro socios que tiene la firma, una empresa que trabajó toda la vida con el sector público. Nunca más tuve ningún relacionamiento con la compañía, no me da el tiempo, aunque quisiera. No tiene sentido matar a una firma, por mi decisión de prestar un servicio al país.

IMPUESTOS

¿Que plantean en la modificación del Impuesto a la Renta Personal?

La ley es muy benevolente, incluso con los contribuyentes que tienen nivel de ingreso importante, si pueden justificar volumen de gastos, en realidad no pagan nada de impuesto. Queremos revisar el límite de los gastos deducibles. Estamos yendo muy despacio, establecer norma es lo más fácil, lo complejo es la implementación y el control para que no sea letra muerta.

Mientras tanto, el IVA sigue siendo el impuesto más recaudador.

Este es el sistema tributario que tenemos en Paraguay. En orden de relevancia, se encuentra primero, con un 54% de participación aproximadamente. Todos los ciudadanos tienen que hacer alguna contribución para que el Estado pueda cumplir sus fines. Claro que el impuesto directo es siempre la opción preferible, por eso de que, quien más genere ingreso, más aporte.

¿Por qué pagar más impuesto, cuando no se reinvierte en la gente?

Pagar impuestos no es una opción, es una obligación del ciudadano.

Tenemos, lejos, las menores tasas impositivas del mundo. Con tasas tan bajas, es lógico que gran parte de la recaudación vaya destinada al funcionamiento del Estado. Sin duda, todos tenemos que luchar contra la corrupción. El Ejecutivo está luchando contra la corrupción pública, habría que ver qué hacen los otros poderes del Estado.

Nadie podría salir en contra de eso, financiar funcionamiento del Estado, lo que se reclama son los excesos.

Constantemente me hacen esa pregunta, afirmando que se malgasta. Y creo que es un análisis muy light, al hablar del gasto corriente. Necesitamos de policías, médicos, enfermeras, maestros y servicios esenciales que son fines primordiales del Estado.

Se discute financiación al aparato prebendario, que nos desvía del fin primordial del Estado.

Definitivamente. Puedo hablarte de la SET, y contarte que hemos reducido el 40% de nuestro plantel de funcionarios. Teníamos más de 1.600 funcionarios hace 5 años, hoy trabajamos con 930 personas. A la par, ha aumentado el número de contribuyentes, por eso nos respaldamos en la tecnología.

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