El presidente de la República, Horacio Cartes, entregó ayer a un grupo de productores rurales, miembros de la Coordinadora Agrícola del Paraguay, el decreto Nº 4.565 por el cual se reglamenta la aplicación de las leyes agrarias y demás normas atinentes a la agricultura familiar.

El decreto reconoce que las circunstancias fluctuantes del mercado nacional e internacional exponen a los productores agrícolas a los vaivenes cíclicos y que el mismo impacta con dureza a quienes tienen a la agricultura familiar como medio de sustento propio de sus familias. La disposición establece la regulación de esta actividad productiva. Asimismo busca corregir la dispersión de varias leyes y otros instrumentos jurídicos complementarios referentes a la agricultura familiar.

El documento también dispone que los incluidos dentro del Registro Nacional de la Agricultura Familiar no serán pasibles de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a la Renta Agropecuaria (Iragro) siempre que sus ingresos anuales no superen los 36 salarios mínimos mensuales.

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Ante esta resolución, el presidente de la coordinadora, Gerónimo Sánchez, destacó la decisión tomada por el Poder Ejecutivo, lo cual representa un reconocimiento importante a la agricultura familiar campesina y les sirve de incentivo a la producción.

"Eso también nos da un compromiso de que lo más pronto se va a cumplir en leyes para que podamos quedarnos definitivamente. Porque la agricultura familiar campesina no reconoce el Estado paraguayo y ahora por primera vez está reconocida", señaló.

Indicó que mediante esta medida gubernamental los pequeños productores podrán desarrollar el programa productividad, mediante el acceso a créditos blandos, reduciendo la tasa de interés del 22 al 15% y esperan que en futuro puedan incluso bajar al 10% de interés.

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