Desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TJSE) comunicaron una serie de prohibiciones que regirán el próximo 30 de abril, día en que se llevarán a cabo las eleccio­nes generales. Así también, informaron sobre las sancio­nes previstas en la ley para aquellos que incumplan con la normativa vigente.

“Está prohibido en el día de los comicios la aglomeración de personas en un radio infe­rior a 200 metros de los cen­tros donde funcionen las mesas receptoras de votos”, señaló el juez electoral de Central, Modesto Núñez, quien aña­dió en este mismo sentido que está prohibida la portación de armas en la misma distancia mencionada con anterioridad.

Recordó, además, que está prohibido el ingreso al cuarto oscuro o casilla de votación con celulares, cámaras fotográfi­cas, filmadoras u otros dispositivos capaces de captar o transmitir imágenes. La san­ción establecida para quienes incumplan con esta normativa es de 15 a 30 jornales.

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También rigen limitaciones para las organizaciones polí­ticas en el día de los comicios; asimismo, queda prohibida la instalación de mesas de con­sulta dentro del radio de 200 metros de los locales de vota­ción. Así también, los actos proselitistas quedan prohi­bidos desde la finalización del período de propaganda elec­toral hasta el término de las votaciones.

La venta de bebidas alcohólicas y la celebración de espectácu­los públicos están prohibidas hasta dos horas posteriores a la culminación de las votacio­nes. “Es importante recordar a la ciudadanía que las prohi­biciones citadas resguardan el orden y garantizan el libre ejercicio de la voluntad cívica de los electores”, sostuvieron desde la Justicia Electoral.

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