El senador Basilio Núñez se refirió a la restitución de los fueros parlamentarios a los legisladores Erico Galeano, David Rivas y Rafael Filizzola, manifestando que responde a la clara falta de tratamiento en igualdad de condiciones sobre el caso del expresidente Mario Abdo Benítez. Teniendo en cuenta que el exmandatario ha sido imputado, para el parlamentario resulta contradictorio mantener los fueros de Abdo Benítez, mientras otros congresistas sí se someten a la justicia.
“La restitución de los fueros es un mensaje político de la Cámara de Senadores a los defensores de Abdo Benítez. Acompañé esto porque no se puede emplear desafueros selectivos. Un sector defendía esta semana el mantenimiento de los fueros del expresidente y blindó al exmandatario, pese a un acuerdo tácito en la Cámara de aprobar todas las peticiones de pérdidas de fueros”, explicó Núñez.
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El parlamentario manifestó así la necesidad de tratar y dar continuidad a los procesos judiciales que puedan enfrentar los congresistas, para lo cual resulta indispensable la pérdida de sus fueros y así someterse a una necesaria investigación para el desarrollo de su causa. Lamentó de este modo el intento de blindar a Abdo Benítez, impidiendo a la justicia actuar de la manera requerida sobre su caso.
“Esto es una cuestión netamente legislativa, recordando que nosotros poseemos una independencia como legisladores. Para mí, quienes se han lavado las manos en toda esta situación han sido aquellos que posibilitaron el blindaje del expresidente de la República; entonces, la próxima semana deberíamos presentar el desafuero de todos y acompañar esto”, manifestó el parlamentario.
Asimismo, el congresista indicó que, con este tipo de actitudes, determinados sectores de la izquierda solo justifican las actitudes indefendibles del expresidente Abdo Benítez y no contribuyen a facilitar el trabajo de la justicia. Puntualizó además que, a través de esta evidente defensa, dichos grupos demuestran la manera en la cual han estado aliados al gobierno anterior, aparte de dejar entrever cómo apañan sus prácticas cuestionadas.
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Transportistas internos ponen a disposición 400 buses, para hacer frente al paro
El senador Basilio Núñez mantuvo una reunión con representantes de la Asociación de Transportistas Internos del Paraguay, para analizar alternativas en torno al paro de transportistas previsto para el 20 de mayo, anunciado por el Centro de Empresarios del Transporte del Área Metropolitana (Cetrapam).
“Conversamos sobre la cobertura de los transportistas, entendiendo que necesitamos asegurar el área metropolitana. Ahora, tenemos a disposición más de 400 colectivos por parte de los directivos de las empresas internas, quienes no están de acuerdo con este paro”, explicó el parlamentario.
En conversación con los medios de prensa del Senado, Núñez refirió que desde la mencionada asociación manifestaron que el paro no es la salida más ideal a ser asumida por parte de los transportistas, apelando así al diálogo entre diferentes grupos para llegar a una decisión más viable.
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“Coincidimos también en la necesidad de mejorar el transporte público del país. Hoy voy a informar al presidente Santiago Peña sobre este encuentro y que el Gobierno nacional contará con más de 400 buses a su disposición”, expresó el congresista.
El dirigente gremial de la asociación, César Sotelo, manifestó que el objetivo de la colaboración es ayudar para que el gobierno no sea chantajeado por Cetrapam. La Asociación de Transportistas Internos no forma parte de Cetrapam y no cobran subsidio como los colectivos de dicho sector.
“Cubriremos los cinco troncales y contamos con los vehículos necesarios para hacerlo. Lo que esperamos es una garantía para poder trabajar porque estamos dispuestos a cubrir todas las ciudades desde el área central, si el paro no se destraba”, expresó el gremialista.
Explicó que para proceder a la cobertura de los itinerarios que se encontrarán libres, el Ejecutivo deberá proceder con el decreto correspondiente. Aclaró además que la garantía solicitada se aguarda con el objetivo de evitar cualquier tipo de represalias por la disposición del gremio para apoyar al Gobierno nacional.
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Itaipú: “El gobierno anterior no negoció, se bajó el pantalón”, afirma Gustavo Leite
“Yo estoy viendo esto con mucho optimismo, ahora parece que se abre la compuerta grande para que Paraguay juegue el gran partido, todos tenemos que estar a la altura, esto no es un desafío menor”, dijo el senador Gustavo Leite tras resaltar los resultados de la negociación encarada entre el gobierno de Santiago Peña y su homólogo brasileño, Luiz Inácio Lula da Silva, la cual permitirá al Paraguay acceder a un total de USD 1.250 millones.
Las afirmaciones del congresista surgieron tras recordar los antecedentes nefastos que dejó el gobierno del expresidente Mario Abdo Benítez en cuanto a la política energética de Paraguay. “El gobierno anterior no negoció, se bajó el pantalón a cambio de que Brasil no le diga nada por los robos y latrocinios de aquí, en ese proceso perdimos todos. Espero que la justicia se encargue de ellos por su enriquecimiento ilícito, por sus actos”, dijo en una entrevista con el programa “Arriba hoy”, emitido por el canal GEN y Universo 970 AM/Nación Media.
Leite acotó que “dadas las circunstancia que heredó este gobierno de una administración anterior que debió haber iniciado esta negociación por lo menos en el año 2021, ha sido un logro extraordinario porque Brasil se apropió de la idea ante la inacción de Marito de que la tarifa debería ser igual al costo y empujaba por llevar la tarifa a 11,6 %. Con un socio fuerte como es el Brasil, creo que es una excelente negociación”.
Por otra parte, el legislador dijo que la fijación del precio de la tarifa de la Itaipú en USD 19,28 Kw/mes, abre la posibilidad de que el Paraguay pueda ofertar su excedente eléctrico de la entidad al mercado brasileño, entre otros puntos resaltantes constituyen a la vez un logro del Partido Colorado en función de gobierno.
“No se debe dejar de entender el apoyo que le dio el Partido Colorado a Santiago Peña, primero para ser presidente de la República y segundo para sostenerlo fuertemente en función de gobierno. Las leyes que nos pidió en el parlamento lo sacamos en tiempo récord. Todo esto habla de una sintonía única, política que no se vio en muchísimo tiempo. El comandante es Peña y el logro es de todos los paraguayos”, remarcó.
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El parlamentario sostuvo que “el Partido Colorado se encargó de demostrar a sus representantes que cuando la hacen mal, como Nicanor y Marito, irán al fondo y quedarán en la historia estigmatizados como traidores y malos colorados”.
Paraguay firmó un histórico acuerdo con Brasil mediante la definición de una tarifa de USD 19,28 Kw/mes que irá hasta el 2026. Esta decisión implica que Paraguay recibirá 280 millones dólares en concepto de royalties, 650 millones dólares en inversión social, 265 millones dólares en compensación de energía y 53 dólares en utilidades de capital y otros. Esto hace un total de 1.250 millones de dólares por año y 3.750 millones en tres años.
“Este reciente acuerdo nos dará plata genuina para iniciar un programa agresivo de inversiones. Esto es un gran triunfo político del Partido Colorado en el gobierno. Tenemos que concentrarnos en lo que viene”, expresó Leite. Agregó que el país deberá estar enfocado en mejorar su infraestructura eléctrica para garantizar un buen sistema de transmisión y distribución.
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González Macchi: “Acta de imputación no puede ser discutida”
- Por Cinthia Mora
- Periodista
La causa penal donde están procesados el expresidente de la República Mario Abdo Benítez y otros exmiembros de su gabinete, actualmente paralizada a nivel judicial, enfrenta una intensa campaña de sabotaje por parte de los medios afines al exmandatario y enfocados en su defensa. El renombrado doctor en derecho y catedrático penalista José Ignacio González Macchi comparte en esta entrevista con La Nación su visión respecto de algunos aspectos relevantes que se discuten sobre el caso.
En el acta de imputación contra Mario Abdo y otros se describen hechos puntuales, por ejemplo, el montaje de una oficina paralela para investigar a enemigos políticos. Los fiscales exponen 42 elementos que sostienen la imputación. ¿Por qué es importante que la Fiscalía pueda avanzar en esta causa?
–En primer lugar, debo advertir que no estoy en conocimiento acabado de los términos de la imputación sobre este caso, más allá de lo que se observa y escucha en los medios, que de por sí hay muchos criterios diferentes de opiniones y comentarios, según sea el sector político que la empresa mediática defiende o empatiza. Ahora bien, generalizando, respecto a cualquier imputación debe asumirse que existe un cúmulo de información relevada por el medio que sea, y que fue considerada para la toma de decisión de iniciar un proceso penal en contra de una o varias personas, sobre un hecho o conjunto de hechos que prima facie son considerados delictivos. En el proceso penal paraguayo, estructurado sobre la doctrina de un sistema acusatorio moderado o mixto, el acta de imputación no puede ser discutida. No opera en esta parte del procedimiento la doctrina de “igualdad de armas procesales” que, de hecho, no es un criterio absoluto. Hay actos procesales que son propios de una de las partes, en la que el control bilateral o adversarial no tiene contrapesos, como es el caso de una imputación. Es por ello que, una vez instada la imputación, el Ministerio Público hace uso de la obligación que le es impuesta por el Art. 18 del CPP, en congruencia con normativas propias de su ley orgánica; y el imputado no tiene un “botón” de salida procesal que pueda activar en contra. Al respecto, existe una sola jurisprudencia –al menos que yo conozca– en la que la Corte Suprema de Justicia en un caso particular anuló todos los trámites procesales que se dieron con posterioridad a la imputación, e incluso la imputación misma. En aquel caso, hay que advertir que la imputación tenía serias falencias que convertían al acto en inhábil para sostener un proceso penal contra una persona, pues pretendía procesar a la persona imputada con base en dos códigos penales, el de 1914 y el de 1998, lo que a todas luces era absolutamente incongruente. Dicho esto, también debemos advertir que la decisión de la Corte se tomó en un caso que, como decimos los abogados litigantes, tenía nombre y apellido. Es decir, en otra situación similar o hasta análoga, la Corte no habría resuelto lo que decidió en aquella oportunidad.
–¿Por qué la filtración de información confidencial que poseen las instituciones del Estado es delito?
–A ver, no toda información confidencial recabada por un ente público es absolutamente reservada, y no toda filtración de una información confidencial de un ente estatal es delito. Tanto la confidencialidad y su grado como la ilicitud de la filtración de la información reservada dependen de varios factores. En primer lugar, se debe analizar la ley orgánica del ente o sus estatutos fundacionales. Allí debe constar qué clase de información debe ser considerada reservada o confidencial, y la forma o medio de difundir, remitir o utilizar esa información en situaciones que la ley exige así sea. En el caso específico de las filtraciones de informes de la Seprelad se debe estudiar las normativas aplicables. Así, la Ley n.º 1015/97, y en particular el artículo 32, es atinente. De la lectura de la norma se desprende que: a) existe un deber de secreto profesional; b) que es obligatorio para funcionarios de la Seprelad; c) respecto a toda información de carácter reservado; y d) su incumplimiento importa responsabilidad legal. Lo que nos lleva a otro artículo legal. Por el artículo 86 de la Ley n.º 861/96, se establece el secreto bancario que incumbe a las entidades del sistema financiero (sus órganos directivos y funcionarios) de no suministrar información alguna sobre las operaciones de los clientes de las entidades financieras, salvo autorización expresa del cliente. No obstante, se debe advertir que dicha regla fue parcialmente modificada en cuanto a permitir que las entidades financieras puedan divulgar información de sus clientes, cuando algunos entes públicos lo requieran fundadamente. Así, entre los entes que pueden acceder a esta clase de informaciones, se encuentra la Seprelad, entre otras. Pero eso no significa que tales informaciones dejaron de constituirse en secreto bancario. Por tanto, volvemos al momento de la discusión sobre si las filtraciones de información sobre clientes del sistema financiero paraguayo que haya llegado oficialmente (o de otra manera) a la Seprelad pueda ser calificada como delictiva. Lo que nos remite al estudio del Art. 147 del Código Penal, en su inciso 1.º, numeral 2 que sanciona con pena privativa de libertad o multa a quien revelara un secreto ajeno, … respecto del cual le incumbe por ley la obligación de guardar secreto. En dicho artículo, en el inciso 5.º se define, por otro lado, lo que debe entenderse como secreto, a cualquier hecho, dato o conocimiento, … 2) respecto de los cuales por ley debe guardarse silencio. Así mismo, el Art. 148 del Código Penal agrava la pena de la revelación de secretos privados por funcionarios o personas con obligación especial, que sería aplicable al caso.
–El argumento del cambio de carátula de nominado a innominado, ¿es un acto violatorio del derecho a la defensa como plantean los abogados defensores?
–Repito, desconozco el caso en particular, por lo que no puedo aseverar posturas al caso concreto. No obstante, en términos generales, la forma en la que los agentes del Ministerio Público caratulan la carpeta fiscal durante el periodo de investigación no causa agravio alguno hasta que exista una imputación formal, o una citación a indagatoria. Sin embargo, sí puede esgrimirse alguna proyección a la violación al derecho a la defensa, cuando un abogado se presenta ante la Fiscalía que ha abierto una investigación fiscal en representación de alguna persona física o jurídica que reclame tener derechos a conocer los términos de la investigación abierta, y no accede a la información existente. No obstante, la Fiscalía puede negarse a dar información respecto de lo obrante en la carpeta, siempre y cuando en ella no se describa alguna referencia respecto a un hecho ilícito en el cual pudiera estar involucrado el poderdante. Recién podrá hablarse de afectación al derecho a la defensa si se diera un acto procesal defectuoso, luego de una indagatoria o de una imputación formalizada.
–El hecho de no haber notificado a los imputados que estaban siendo investigados en plena etapa preparatoria, ¿es violatorio del derecho a la defensa?
–El Código Procesal Penal denomina imputado a la persona a quien se señale como participante de un hecho punible, en especial, en el acta de imputación (Art. 74). Por otra parte, la praxis procesal también lleva a considerar imputado a la persona citada a declarar en carácter de indagatoria, aunque no que exista acta de imputación en su contra. El artículo siguiente establece los derechos del imputado, en particular sin desconocer otros que están regulados en otros artículos del código pro cesal penal. Sin imputación, o sin citación a indagatoria, no existe norma que obligue a notificar a alguien que está siendo investigado.
-En el caso que los supuestos chats de una conversación entre el abogado denunciante y el fiscal de la causa fueran reales, ¿invalida de alguna manera el acta de imputación?
–Insisto, solamente conozco algunos pormenores del caso a través de los medios de prensa. Ahora bien, negar la praxis de que los abogados nos comunicamos con fiscales, jueces, camaristas, miembros de la Corte e incluso con nuestros colegas de la contraparte por medios telefónicos sería irreal. De ahí a que del contexto de las comunicaciones sean consideradas antiéticas o, incluso, peticionando o requiriendo alguna ilicitud, eso ya generaría efectos al respecto. A mí parecer, tales situaciones serían absolutamente independientes de las actividades procesales plasmadas por los órganos judiciales o fiscales intervinientes, que podrían ser materia de incidentes o excepciones, exclusivamente en cuanto a aquellas facultadas en la ley procesal. A tu pregunta, salvo el caso mencionado con anterioridad como jurisprudencia de la CSJ, mi respuesta es que esas situaciones no pueden invalidar el acta de imputación. Me remito a un caso particular, en el cual no se hizo lugar a la pretensión de mi defensa respecto a la nulidad del acta.
JOSÉ IGNACIO GONZÁLEZ MACCHI,
DOCTOR EN DERECHO PENAL
“En el proceso penal paraguayo, estructurado sobre la doctrina de un sistema acusatorio moderado o mixto, el acta de imputación no puede ser discutida. No opera en esta parte del procedimiento la doctrina de “igualdad de armas procesales” que, de hecho, no es un criterio absoluto”
“Por mi experiencia profesional sé que hay funcionarios que prevarican, y eso no significa que la institución no sirva, o no funcione. La Seprelad es una institución necesaria, así como lo es el Ministerio Público. De ahí a que sus órganos funcionales se comporten conforme a la ley es otra cuestión”
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El Chaco debe tener un acueducto que funcione de verdad, sostienen
El senador Basilio “Bachi” Núñez manifestó la importancia de que el Chaco paraguayo pueda subsanar una problemática de larga data que es la falta de acceso a agua potable. Para este fin, urge que se ponga en marcha un proyecto “Agua para el Chaco” y que garantice la llegada del líquido vital a todas las comunidades. Cerca de 50.000 indígenas se ven afectados por la falta de agua potable, mencionó.
“Los senadores con el gobierno vamos a empujar este proyecto del acueducto y más temprano que tarde va a salir, con o sin apoyo del sector cooperativo, con respaldo o no de algunos senadores, así como fue Hambre Cero tiene que salir. El Chaco debe tener un acueducto que funcione verdaderamente y que se deje de robar en nombre de todos los paraguayos”, sentenció el legislador.
El futuro presidente de la Cámara de Senadores señaló que se debe analizar la mejor alternativa para la construcción de un acueducto, ya sea por concesión o por licitación. Incluso afirmó que existen países interesados en invertir en este proyecto. Núñez indicó que se debe tomar el ejemplo de Argentina, donde en la provincia de Formosa se construirán 500 km de acueducto.
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“Por qué no podemos hacer un acueducto de 200 km si Formosa va a tener uno de 500 km y es una provincia. La Cooperación Andina apoyó financieramente a Formosa con USD 200 millones para la construcción del acueducto. Veo con envidia que una provincia tenga más visión de Estado que nosotros”, cuestionó.
La población indígena que se concentra principalmente en Presidente Hayes y en Boquerón es la más afectada por la falta de agua, refirió el senador en la 1020 AM y lamentó que varios de sus colegas antepongan las diferencias políticas antes que beneficiar a la ciudadanía y recalcó que hay una necesidad imperiosa de que se invierta para garantizar el acceso a agua potable.
“Tanto se ha robado en nombre del Chaco paraguayo en nuestro país, ya en la era democrática existía una comisión acueducto, paradójicamente esa comisión luego de tres periodos no construyó un metro de acueducto, pero tenía un presupuesto interesante. Se debe invertir y eso va a redundar no solo en la mejora de calidad de vida de las personas, sino también en su salud y va a impactar en el desarrollo agropecuario”, expresó.
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