Los pasos a seguir para tener acceso a los beneficios que otorgan las leyes promulgadas fueron publicados ayer por el Ministerio de Salud. Momentos muy complicados viven miles de familias en el país debido a la situación epidemiológica del COVID-19. Las cifras de contagios, internados y fallecidos siguen aumentando, así como también los gastos que estos generan.

En este sentido, recientemente el Ejecutivo promulgó la Ley Nº 6.725/2021 “Fondo Nacional UTI” y también la Ley Nº 6.742/2021 “Gasto cero”. En la noche del viernes, la cartera sanitaria publicó los pasos que deben seguir las personas para poder acceder a los beneficios de dichas leyes.

Foto: Gentileza.

Mencionaron que el familiar, responsable, hospital o sanatorio privado debe remitir una nota al Ministerio de Salud por mesa de entrada de Secretaría General o vía correo electrónico a gastocero@mspbs.gov.py solicitando acogerse a las leyes citadas.

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En ese sentido, deberá especificar nombre y apellido completos del paciente con número de CI, además del nombre del hospital o sanatorio privado en el que se encuentra internado y también fecha y hora de ingreso, el cual debe corresponder con historia clínica.

Igualmente, se debe manifestar el detalle de cobertura del seguro médico y reaseguro si corresponde, así como también la constancia de internación con fecha y hora de ingreso emitida por el hospital o sanatorio, indicando si es UTI o sala común y, por último, información de contacto. Explicaron que con la nota presentada, el Ministerio de Salud inicia el proceso de verificación para luego comunicar al hospital o sanatorio privado que el paciente es beneficiario de las leyes.

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