El viceministro de Administración y Finanzas del próximo gobierno que se instalará el 15 de agosto será Óscar Lovera, en tanto que el titular de la subsecretaría de Economía será Diego Charoti. Así lo dispuso el futuro ministro de Hacienda, Carlos Fer­nández Valdovinos. Estos próximos subsecretarios acompañarán al ministro de Hacienda designado por el presidente electo, San­tiago Peña, en la tarea de llevar adelante la adminis­tración del presupuesto de la nación, la formulación y manejo de la política fis­cal del Estado y de la polí­tica de endeudamiento interno y externo del sector público.

Asimismo, la car­tera de Hacienda trabajará en forma coordinada con el Banco Central del Paraguay y demás entidades del área económica, la formulación y propuesta de la política económica. Precisamente, las futuras autoridades eco­nómicas ya tuvieron los pri­meros contactos con todo lo que hace al manejo de la cartera fiscal, considerando los estudios a ser conside­rados a la hora de presen­tar el presupuesto 2024 que debe ser entregado al Con­greso en el transcurso del presente año.

El proceso presupuestario consta de etapas que com­prenden la formulación (o programación) del presu­puesto, su aprobación (o autorización), su ejecución y seguimiento y, por último, el control y evaluación pre­supuestaria. El presupuesto público es un documento que representa las intencio­nes del Gobierno en cuanto a políticas de ingresos y gas­tos esperados para el año fis­cal correspondiente. Consti­tuye sin lugar a dudas uno de los elementos fundamenta­les de la política fiscal, pues a través de esto el Gobierno decide cuánto va a gastar, en qué y cómo, conforme a lo que considere como prioridades del país.

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El proyecto de Ley del Presu­puesto General de la Nación se presenta anualmente por el Poder Ejecutivo, a más tardar el primero de setiem­bre, y su consideración por el Congreso tendrá priori­dad absoluta. Se integrará una comisión bicameral la cual, recibido el proyecto, lo estudiará y presentará dictamen a sus respecti­vas cámaras en un plazo no mayor de sesenta días corri­dos. Recibidos los dictáme­nes, la Cámara de Diputa­dos se abocará al estudio del proyecto en sesiones plena­rias, y deberá despacharlo en un plazo no mayor de quince días corridos. Finalmente, el Poder Ejecutivo promulga o presenta objeciones al pro­yecto de presupuesto antes de terminar el año.

La Cámara de Senadores dis­pondrá de igual plazo para el estudio del proyecto, con las modificaciones introdu­cidas por la Cámara de Dipu­tados, y si las aprobase, esto quedará sancionado. En caso contrario, el proyecto volverá con las objeciones a la otra cámara, la cual se expedirá dentro del plazo de diez días corridos.

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