La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) informó este miércoles 27 de marzo la decisión de prorrogar hasta el 31 de agosto las sanciones por incumplimiento del registro de comprobantes y la presentación de estados financieros correspondientes al periodo 2022 y 2023, esto mediante la resolución N.° 7/24 de la mencionada institución.

No constituirá incumplimiento la falta de confirmación del talón de presentación del registro anual de comprobantes de los ejercicios fiscales 2022 y 2023. También cuentan con una prórroga hasta el 31 de agosto, el contribuyente obligado al registro mensual de los comprobantes, por la falta de confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes de los periodos fiscales de enero a junio del año 2024″, sostiene el comunicado de la entidad tributaria.

Asimismo, manifestaron que durante este periodo se seguirán recibiendo los comprobantes y la confirmación y por otro lado, la institución aclaró que esta resolución también establece una prórroga de forma excepcional al plazo para la presentación de los estados financieros de los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE).

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Esta extensión en la fecha de vencimiento para este impuesto para quienes liquidan por el régimen general, podrán presentar hasta el 31 de agosto, lo correspondiente hasta el 31 de diciembre del 2023. “Los referidos informes deberán presentarse conforme al calendario de vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas (DJI)”, detallaron.

Por último, la DNIT dejó en claro que los plazos para la presentación de los estados financieros para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses abril y junio de 2024 se mantendrán invariables.

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