La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) dispuso la obligación de cargar de manera electrónica en el sistema Marangatu todos los comprobantes de compra y venta declarados como ingresos y egresos en los primeros cuatro meses del 2021.

Esta obligación entra en vigencia mediante la Resolución General N° 90/2021, y en su primera etapa alcanzará a unos 13.000 contribuyentes, que fueron designados de acuerdo a su nivel de ingresos y otros criterios técnicos evaluados por la administración tributaria.

No obstante, desde el 1 de enero del 2022 regirá para todos los contribuyentes del impuesto al valor agregado (IVA), independientemente a la obligación de los impuestos a las rentas al que se encuentren sujetos los aportantes, al igual que aquellos que solo cuenten con la obligación del impuesto a la renta personal (IRP-RSP).

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

El viceministro de la SET, Óscar Orué, explicó que con esto se busca ejercer un control más minucioso sobre las declaraciones juradas.

“Con esto el contribuyente no es que va poder cargar simplemente un monto de gasto en el formulario, sino que deberá hacer el registro electrónico de los documentos que comprueben ese gasto, con número de factura, monto, timbrado, etc.”, explicó.

Leé también: Precaución por el déficit fiscal presiona caída de la inversión pública a abril

En ese sentido, el subsecretario aclaró que también se podrá exportar directamente la planilla excel al sistema Marangatu.

“A partir de ahora se podrá cargar directamente las facturas al Marangatu, o exportar al sistema el documento excel con todos los datos de las facturas declaradas como comprobante de ingresos y gastos”, detalló Orué.

Desde Tributación aclararon que, en caso de que el contribuyente cuente con comprobantes virtuales o electrónicos, no será necesario efectuar la carga, sino que podrá obtener directamente desde el sistema Marangatu.

El incumplimiento de los deberes formales, en concepto de contravención por el registro de los comprobantes realizado fuera de los plazos establecidos en la normativa, no estará sujeto a sanción hasta el 31 de enero del 2022. Esta decisión fue tomada por la SET de manera a otorgar un plazo de adaptación y facilitar la correcta implementación del registro.

Te puede interesar: Nueva colocación de bonos del Tesoro fue por G. 183.976 millones

Dejanos tu comentario