Este viernes se debe realizar la audiencia de revisión de medidas para Daniel González Britos, imputado por el asesinato de los guardaparques Artemio Villalba (51) y Rumildo Toledo (36), ocurrido el 18 agosto del 2018 en la Reserva Natural Tapytá, administrada por la Fundación Moisés Bertoni.
En su momento el Tribunal de Apelación de la circunscripción Judicial de Caazapá revocó la prisión domiciliaria del imputado. Por su parte, la querella adhesiva representada por el abogado Daniel Paiva González adelantó que pedirá que se ratifique la prisión preventiva para el imputado por la gravedad del caso ocurrido.
Condenados
En el 2021, Hugo González Sosa fue condenado a 24 años de cárcel tras ser declarado culpable por homicidio doloso como principal responsable del asesinato a los trabajadores. Mientras que Robert, Braulio y Arnaldo Alcaraz González fueron condenados a dos años con suspensión a prueba de la condena, debido a que no se comprobó la participación directa en el crimen. Estas personas fueron condenadas por producción de riesgos comunes y transgresión a la ley de armas, por haber portado armas sin contar con los permisos respectivos.
El asesinato de los guardaparques ocurrió en agosto del 2018, cuando Artemio y Rumildo realizaban su tarea de patrullaje en la Reserva Natural Tapytá. La triste noticia conmocionó a toda la sociedad debido al rol noble y fundamental que cumplen los trabajadores en la protección de los recursos naturales, tarea que se volvió muy peligrosa en los últimos tiempos debido al crecimiento de la caza furtiva y plantaciones ilegales, entre otros.
Podes leer: Segunda condena contra Banco Atlas S.A quedó firme en Corte y se debe ejecutar la multa
Dejanos tu comentario
Conmebol urge a Fiscalía accionar contra Atlas por caso de lavado
La matriz del fútbol sudamericano exige que el Ministerio Público paraguayo avance en la investigación penal, que actualmente está paralizada. Luego de seis años de presentada la denuncia documentada y de haberse realizado algunos allanamientos, no hubo avances.
A través de su abogado, Claudio Lovera, la Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) reiteró al Ministerio Público un urgimiento para que esta institución se pronuncie e inicie una acción penal en torno a la denuncia presentada hace ya más de seis años por operaciones sospechosas de lavado de dinero, que involucran a la matriz del fútbol sudamericano de años anteriores y al banco Atlas SA. El urgimiento fue presentado en fecha 11 de marzo pasado ante la Fiscalía.
“En atención al tiempo de investigación transcurrido, los elementos acompañados en su oportunidad, así como los que fueran recopilados en el marco de la actividad fiscal preparatoria, se solicita que el Ministerio Público emita un pronunciamiento en el marco de los hechos acontecidos y acorde con el ejercicio e impulso de la acción penal pública”, señala el documento presentado ante el Ministerio Público.
Tras dar apertura a una investigación penal, el Ministerio Público llegó a recabar evidencias sobre el asunto, mediante allanamientos a la sede del banco Atlas SA y a la Superintendencia de Bancos ante la negativa de estas instituciones en proveer información. En estos procedimientos se incautó una serie de documentos.
Estas diligencias realizadas en el pasado dan cuenta que el órgano investigador sostiene que en determinados lugares podrían hallarse indicios de un hecho punible.
Pese a esas primeras medidas, la Conmebol señala que la Fiscalía se llamó a silencio y abandonó cualquier otra iniciativa tendiente al esclarecimiento de la denuncia. Hay que recordar que la Conmebol presentó la denuncia en tiempo y forma, en fecha 4 de febrero de 2021. La primera denuncia había sido presentada ya en el año 2017.
ANTECEDENTES DEL CASO
Los fiscales que llevaron el caso fueron Liliana Alcaraz y Francisco Cabrera, y la causa incluso estuvo paralizada en la Seprelad, en el tiempo en que Carlos Arregui estaba al frente de la citada institución.
La Conmebol quiere recuperar los fondos que le pertenecen (alrededor de unos USD 200 millones) que se esfumaron de la Confederación en administraciones anteriores; ya se recuperaron USD 128 millones gracias a la ayuda de la Justicia norteamericana y Suiza. Desde la matriz del fútbol sudamericano se aguarda que la Justicia paraguaya también haga lo que le corresponde.
El banco de la familia Zuccolillo se expone a sanciones penales y sanciones administrativas. La Ley n.º 1015 Previene y Reprime los Actos Ilícitos Destinados a la Legitimación de Dinero o Bienes, en su artículo 4.° Sanción Penal señala que el delito de lavado de dinero o bienes será castigado con pena penitenciaria de dos a diez años.
Dejanos tu comentario
Sentencia de 28 años de prisión
El agente fiscal Leonardo Cáceres, de la Unidad Regional de Capitán Bado, representó al Ministerio Público en el juicio oral en el que Elvio Ramón Quiñónez Bogado fue hallado culpable y condenado a 28 años de pena privativa de libertad por la comisión del hecho punible de feminicidio. El hombre tenía prohibición de acercarse a la víctima por una denuncia de violencia familiar.
Según los antecedentes de la causa, Quiñónez mató a su expareja en diciembre de 2020 en el distrito de Capitán Bado. El hombre había llegado a la vivienda de la mujer efectuando varios disparos que impactaron en la víctima que resultó con heridas. Ella ingresó a la casa para refugiarse, luego perdió fuerzas y cayó al suelo, donde falleció.
Dejanos tu comentario
Caso tía Chela: Prieto entregó kits a personas que residían en el exterior
Una imputación fiscal de casi imposible impugnación, sustentada en documentos e informes oficiales de Tributación, Contraloría General de la República, análisis periciales de Laboratorio Forense del Ministerio Público, etc., dejan al descubierto el esquema de compra-venta simulada en las compras de víveres covid que articuló el intendente de Ciudad del Este, Miguel Prieto, gracias a una estructura que involucra a expareja y familiares de esta. El resultado más perjudicial, además del fraudulento proceso licitatorio de su administración es que no se habrían entregado la totalidad de las mercaderías ya que varios supuestos beneficiarios residirían en el extranjero y en otros departamentos del país, alejados de Ciudad del Este.
- Por Rossana Escobar M.
- rossana.escobar@nacionmedia.com
La amañada licitación de las compras covid de alimentos para personas de escasos recursos que con el sonado caso Tía Chela había dejado anonadada principalmente a la población esteña que depositó la confianza en el intendente Miguel Prieto, no se reduce solamente al simulado proceso de contratación sino a la compra-venta simulada de mercaderías no existentes en el stock de las firmas adjudicadas que perjudicó con la no entrega de la totalidad de las mercaderías requeridas conforme al contrato.
La sustanciosa imputación de los fiscales Silvio Corbeta, Alma Zayas y Rodrigo Estigarribia incorporan informes de trazabilidad de operaciones de la Subcretaría de Tributación, análisis de procedimientos administrativos de la Contraloría General de la República, informes de Contrataciones Públicas, periciales del laboratorio Forense del Ministerio Público hasta datos de inteligencia policial que revelan un simulacro poco antes visto en un proceso de compra pública y entrega de alimentos para personas vulnerables.
Recordemos que el primer gran escándalo desatado con las compras covid de alimentos de Miguel Prieto es la apurada contratación del autoservice Tía para la provisión del 25.000 kits de alimentos por G. 2.949 millones, siendo el adjudicado un pequeño negocio sin la capacidad financiera ni de stock requerido. Para facilitar el negocio y adjudicar contrato a Fermín Ávalos, dueño de Tía Chela, la licitación por vía de la excepción incluyó invitaciones al papá de este y una confitería que en ese momento acababa de ganar un contrato importante para provisión de almuerzo escolar.
Dicho por la mamá de Ávalos, el padre de este no estaba interesado en ninguna licitación y con el contrato que tenía en ejecución la confitería Yrupe, el camino estaba allanado a favor de Tía Chela, pese a que no disponía lo que ofertaba a la municipalidad. Aquí entra el rol facilitador que jugó Vanessa Florentín Paez, expareja de Prieto, actualmente funcionaria contratada por su administración.
Vanessa, a través de su empresa Vanemi SA se incluyó en el proceso como subproveedora de Tía Chela en el intento de blanquear las operaciones con la administración Prieto. Sin embargo, las declaraciones juradas tributarias del movimiento comercial habitual de ambas estructuras jurídicas Tia Chela SRL y Vanemi SA no se corresponderían con la inversión económica realizada entre los meses de marzo y abril del 2020, periodo en que se desarrolló el proceso de adquisición y entrega de los bienes ofertados a la comuna. Ambas empresas tuvieron un movimiento económico superando su capacidad financiera y operativa en el periodo de marzo y abril del 2020, y sus compras informadas a la SET habrían presentado inconsistencias, describe el acta de imputación basado en informes tributarios.
“Si bien existió una operación de compra-venta entre la firma proveedora Tía Chela SRL y la Municipalidad de Ciudad del Este (Licitación Vía Excepción ID 382.177), esta empresa en realidad no contaba con los bienes a proveer. Por consiguiente se cuentan con elementos de sospecha suficiente que permiten suponer que Fermín Ávalos Britos de Tía Chela SRL habría posibilitado a Miguel Prieto llevar a cabo la compra ficticia de 25.000 kits de cestas básicas para familia de escasos recursos, quien le habría pagado en tal concepto G. 1.769.790.000, cuya adquisición se habría documentado sin que aparentemente hayan ingresado tales productos a la institución”, señala la imputación fiscal.
EN EL EXTRANJERO
Según la pesquisa fiscal, existen fuertes indicios de que las planillas de beneficiarios fueron fraguadas. Es decir que figuran entrega de víveres a personas que en realidad no recibieron los kits.
“Una verificación aleatoria de los datos de las personas consignadas como supuestos beneficiarios de los kits de alimentos que figuran en las planillas de entrega de cestas básicas remitidas al Ministerio Público por la Municipalidad de Ciudad del Este elaborados por funcionarios del municipio, de cuyo informe resultó que varios de estos supuestos beneficiarios son personas que residirían en el extranjero y en otros departamentos del país, alejados de Ciudad del Este, Dpto. de Alto Paraná”, refiere el documento que cita algunos nombres a continuación de personas que residían fuera de los límites esteños, a kilómetros de distancia, en otros departamentos.
Otro informe técnico pericial calígrafo del Laboratorio Forense del Ministerio Público realizado de forma aleatoria de las planillas de beneficiarios confirma que algunas “fueron llenadas y firmadas por la misma persona, lo que nos permite suponer que estas planillas fueron creadas a los efectos de aparentar la supuesta entrega de estos kits de alimentos a supuestos beneficiarios”.
Dejanos tu comentario
Líder del clan Rotela seguirá en prisión hasta el 2046
El Ministerio Público logró este jueves unificar las penas con medidas contra Armando Javier Rotela Ayala, sindicado como líder del clan Rotela, con lo que fue confirmado que permanecerá en prisión hasta el año 2046. El criminal fue condenado en dos causas por posesión, comercialización y tráfico de drogas peligrosas y posesión de armas de fuego, por lo que deberá compurgar una pena carcelaria de 31 años.
De acuerdo al informe emitido por la institución fiscal, Rotela compurgaría inicialmente 23 años de cárcel y 8 años como medida de seguridad, hasta el 23 de julio del año 2038, y luego acumularía su medida de seguridad de ocho años, que llega hasta el año 2046. Actualmente está recluido en una prisión con medidas especiales en Emboscada, tras ser trasladado en diciembre pasado desde Tacumbú por el operativo Veneratio, que desarticuló su grupo criminal en la penitenciaría.
Lea más: Embajadores para el Reino Unido y EAU juraron ante Peña
Ante las diligencias realizadas por el Ministerio Público, representado por la agente fiscal de Ejecución, Celia Beckelman; la jueza de Ejecución Penal, Sandra Kirchhofer, aplicó los alcances de la “pena unitaria”, sumando las sentencias definitivas por los hechos punibles atribuidos y acusados al líder criminal Armando Javier Rotela Ayala.
La condena de 19 años de cárcel fue por posesión y tráfico de drogas aplicada por un Tribunal de Sentencia en fecha 17 de marzo del 2020. En tanto, la condena de 8 años de cárcel por posesión y comercialización de drogas peligrosas y posesión de armas de fuego fue aplicada por un Tribunal de Paraguarí, el 7 de enero del 2021.
Lea también: Hambre Cero “será un éxito”, augura presidenta del Consejo de Gobernadores