El documento explica que ante manifestaciones de sectores internos al glorioso Partido Colorado, en ocasión de la convención extraordinaria, el Tribunal Electoral Partidario (TEP) considera oportuno comunicar “que la convención del partido es la máxima autoridad partidaria y, como tal, el TEP carece de competencias y facultades respecto a su convocatoria y a las decisiones tomadas por este máximo organismo partidario. Este TEP, desde su integración, asumió el compromiso de respeto a la Constitución, las leyes, el estatuto partidario, la institucionalidad partidaria y las decisiones adoptadas en su seno, con respeto a las opiniones diferentes de sus miembros”.
A continuación relata su impecable trabajo certificado con error “0” por el TSJE, a la convocatoria a elecciones de jóvenes y mujeres tras 18 y 17 años en los “que se observaron candidaturas por irregularidades de antigüedad, documentaciones de dudosa autenticidad y, las más graves, candidaturas presentadas fuera del plazo ante autoridades extrañas al TEP y candidatos propuestos no afiliados al Partido Colorado, lo que resulta atentatorio contra el estatuto partidario”.
“Las decisiones del TEP fueron recurridas judicialmente, por medidas cautelares se ordenaron las inscripciones provisorias de candidaturas cuestionadas”. Tras esa primera prórroga, los tribunales del TSJE resolvieron conforme lo hizo el TEP y las medidas cautelares quedaron sin efecto; sin embargo, las decisiones del TEP fueron recurridas de inconstitucionalidad ante la CSJ, lo que motivó la segunda prórroga. “En ningún momento el TEP exigió desistimiento o retiro de acción alguna a ningún movimiento, sino que por resolución estableció que se consideraba necesario contar con dichas decisiones”, aclara.
“A escasos 10 días, se notificó al TEP el desistimiento de las acciones de inconstitucionalidad, quedando pendientes las impresiones de boletines de aproximadamente 40%, debido a la imposibilidad de impresión de candidaturas cuestionadas”, continúa.
El 2 de enero del 2020 se inicia el proceso electoral para las internas municipales y de autoridades partidarias, “lo que implicaba la distracción de la totalidad de recursos humanos y logísticos ante el TSJE. Lo ocurrido con la pandemia del covid-19 escapa al control y previsión por parte del TEP”, argumenta, y a continuación expresa que “este organismo partidario se ve en la necesidad de aclarar ante cuestionamientos hasta de índole moral y buscando el prudente actuar del TEP, se emiten estas aclaraciones en este momento, ya finalizada la convención extraordinaria, máxima autoridad partidaria y como sinónimo de respeto a la institucionalidad y real deseo de unidad del Partido Colorado”.
Antes de finalizar, el TEP recuerda que no administra recurso alguno de la ANR y los recursos que se destinan para las elecciones no es dinero en efectivo, sino en equipos y útiles de oficina.
“El único interés del TEP fue, es y seguirá siendo que las elecciones finalicen con resultados garantizados por la transparencia, equidad e igualdad entre todos los movimientos, brindando legitimidad a las autoridades electas, cualquiera sean ellas”, reza el comunicado.