El ministro del Interior, Juan Ernesto Villamayor, señaló que en el caso de Cecilia Cubas se le nombra a Juan Arrom en 57 oportunidades en la sentencia, demostrando que existe un vínculo causal entre un secuestro y el otro (María Edith de Debernardi) que se corresponden con la actuación del mismo grupo.

“Se demuestra el vínculo cau­sal entre uno y otro secues­tro, mostrando que se trata de una organización que se dedica al secuestro extor­sivo y esto de político no tiene absolutamente nada”, resaltó.Mencionó que el secuestro y la muerte de una adolescente no tiene nada de política y que la Corte Interameri­cana de Derechos Humanos (Corte IDH) dictaminó que no hubo persecución ni vio­lación de derechos humanos.

“En consecuencia, esta­mos ante delitos comunes, de delincuentes ordinarios y que deben ser sometidos a la justicia paraguaya en apli­cación de las reglas de la jus­ticia paraguaya”, manifestó.

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EXTRADICIÓN

Relató que cuando las auto­ridades paraguayas tomaron conocimiento de que ellos habían ingresado al territorio uruguayo solicitaron inme­diatamente, vía Fiscalía, con la colaboración de la Justicia, el pedido de extradición. Y cuando se tuvo información de la fijación de una audiencia, el presidente de la República dispuso que se contrate pro­fesionales dentro de la Repú­blica del Uruguay.

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