Por medio de una resolución, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informó que resolvió no suspender el proceso de juzgamiento de las actas donde se asentaron los resultados del sufragio general del pasado 22 de abril.
Representantes del Frente Guasu y del PLRA solicitaron al TSJE suspender el mencionado procedimiento. Previamente, alegando un supuesto "fraude electoral", políticos de estos grupos habían desplegado una arremetida mediática. "Por medio de la Resolución TSJE N° 97/2018, se resolvió no hacer lugar a las solicitudes de los apoderados generales del Partido Liberal Radical Auténtico y de la concertación Frente Guasu sobre suspensión de juzgamiento de actas", dijo la autoridad electoral en un comunicado.
Por la misma resolución, el TSJE dispuso el cumplimiento del cronograma electoral incluso en días inhábiles.
La decisión del TSJE lleva la firma de los ministros Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.
"Constituye principio cardinal del derecho electoral la calendarización de los procesos electorales, la brevedad y preclusividad de sus plazos. Es por ello que los órganos administradores del proceso electoral deben cumplir con lo establecido en la norma electoral vigente y el cronograma electoral establecido en forma previa para la elección de referencia", subrayaron las autoridades.