Por medio de una resolución, el Tribunal Superior de Justi­cia Electoral (TSJE) informó que resolvió no suspender el proceso de juzgamiento de las actas donde se asentaron los resultados del sufragio general del pasado 22 de abril.

Representantes del Frente Guasu y del PLRA solicitaron al TSJE suspender el mencio­nado procedimiento. Previa­mente, alegando un supuesto "fraude electoral", políticos de estos grupos habían desple­gado una arremetida mediá­tica. "Por medio de la Reso­lución TSJE N° 97/2018, se resolvió no hacer lugar a las solicitudes de los apoderados generales del Partido Liberal Radical Auténtico y de la con­certación Frente Guasu sobre suspensión de juzgamiento de actas", dijo la autoridad electo­ral en un comunicado.

Por la misma resolución, el TSJE dispuso el cumpli­miento del cronograma elec­toral incluso en días inhábiles.

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La decisión del TSJE lleva la firma de los ministros Jaime Bestard, Alberto Ramírez Zambonini y María Elena Wapenka.

"Constituye principio cardinal del derecho electoral la calen­darización de los procesos elec­torales, la brevedad y preclusi­vidad de sus plazos. Es por ello que los órganos administrado­res del proceso electoral deben cumplir con lo establecido en la norma electoral vigente y el cronograma electoral esta­blecido en forma previa para la elección de referencia", subra­yaron las autoridades.

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