El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) informó que resolvió no suspender el proceso de juzgamiento de las actas donde se asentaron los resultados del sufragio general del pasado 22 de abril.

Representantes liberales y del Frente Guasu habían solicitado al TSJE suspender el mencionado procedimiento. Previamente, políticos de los grupos citados habían desplegado una arremetida mediática alegando un supuesto "fraude electoral."

"Por medio de la Resolución TSJE N° 97/2018, se resolvió no hacer lugar a las solicitudes de los apoderados generales del Partido Liberal Radical Auténtico y de la Concertación Frente Guasú sobre suspensión de Juzgamiento de Actas", dijo la autoridad electoral en un comunicado.

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Por la misma resolución, el TSJE dispuso el cumplimiento del Cronograma Electoral incluso en días inhábiles.

La decisión del TSJE lleva la rúbrica de los ministros Jaime Bestard, Alberto Ramirez Zambonini y María Elena Wapenka.

"Constituye principio cardinal del Derecho Electoral la calendarización de los procesos electorales, la brevedad y preclusividad de sus plazos. Es por ello que los órganos administradores del proceso electoral deben cumplir con lo establecido en la norma electoral vigente y el cronograma electoral establecido en forma previa para la elección de referencia", remarcaron las autoridades.

Por su parte y sobre el mismo tema, Luis Alberto Mauro, asesor del TSJE, indicó que la resolución es emitida en base a la solicitud de los apoderados generales del PLRA y la Concertación Frente Guasú.

Además, el documento ordena a todos los Tribunales Electorales del país el cumplir con los plazos establecidos en la Resolución TSJE N° 40/2017, incluso en días inhábiles.

"El TSJE considera que no hay elementos suficientes para cumplir con la solicitud presentada por los representantes legales de las agrupaciones políticas citadas", finalizó Mauro.

Facsímil de la resolución por la cual el TSJE rechaza el pedido de liberales y luguistas.

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