El Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) anunció ayer que a partir del lunes 2 de noviembre comenzará a regir la veda pesquera, que se extenderá hasta el 18 de diciembre para las aguas compartidas con Argentina y hasta el 31 de enero del 2021, para las limítrofes con Brasil.

La Resolución N° 280/2020 “establece la prohibición de realizar las modalidades de pesca deportiva y comercial; como así también, la utilización de artes de pesca, el transporte y la comercialización de productos pesqueros. Las fechas designadas se definieron teniendo en cuenta los intereses de aspecto biológico, social y ambiental; en este plazo no se podrá pescar en aguas compartidas entre ambos países que comprenden los ríos Paraná, Paraguay, Apa y Pilcomayo”, reza el comunicado del Mades.

El ministerio también advirtió que realizará estrictos controles, verificaciones y fiscalizaciones en rutas, comercios, transportes terrestres y fluviales, para hacer cumplir efectivamente las normativas ambientales.

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MULTAS

Las multas por violar el período de veda oscilan entre los 3.001 y 10.000 jornales mínimos. Esto, independientemente a responsabilidades penales en virtud de la Ley 716/96 “Que sanciona delitos contra el medioambiente”. Teniendo en cuenta que el jornal mínimo en Paraguay es de G. 84.340, las penas económicas van desde los G. 253 millones hasta los G. 843 millones.

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