En un comunicado dirigido a la opinión pública, varios gremios de profesionales de salud, relacionados al control de la alimentación, expresaron su descontento ante la puesta en vigencia de una resolución que se contrapone a una ley de código sanitario para expendio de alimentos.
La Asociación Paraguaya de Ingenieros Químicos (APIQ), la Sociedad Paraguaya de Pediatría (SPP), la Asociación Paraguaya de Graduados en Nutrición (Aspagran), la Asociación Paraguaya de Directores Técnicos de Industrias Alimentarias (Apadi), la Asociación de Licenciados en Química Industrial del Paraguay (Alqinpa), y la Asociación Paraguaya de Analistas Industriales y Químicos Analíticos (Apaniqua), manifestaron a la opinión pública su rechazo y a la vez su extrema preocupación respecto a la puesta en vigencia de la Resolución S.G Nº 0578/18,
la cual establece los requisitos para el Registro de Establecimientos de Productos Alimenticios y Aditivos Alimentarios, y por consiguiente, su renovación, actualización y normas generales, debido a que la misma viola la Ley número 836/80 del código sanitario.
Alegan que el Ministerio de Salud pretende pasar por alto la previa autorización sanitaria para la habilitación del local, a cargo del municipio, para proceder directamente a la inspección. Agregan que esto afectaría más aún a la población más vulnerable, niños y ancianos, que se expondrían a contraer enfermedades transmitidas por alimentos (ETA).
Los criterios de inocuidad de alimentos deben ser verificados por un profesional de la salud, independientemente al tamaño de la empresa, justifican. Señalan que el artículo 156 establece que los propietarios de establecimientos industriales donde se manipulen, elaboren, empaquen y envasen alimentos, deben incluir en su plantel el personal técnico necesario que pueda garantizar la calidad, pureza, buena preparación y conservación de los productos.
El Art. 22 de la Resolución S-G 0578/18, firmado por el ministro Julio Mazzoleni, expresa: “Establecer que los servicios de alimentación registrados ante el Ministerio de Industria y Comercio como microempresas (MIE), estén exentos de la obligatoriedad de contar con un director técnico responsable del control de los alimentos comercializados.