Siguen y suman los casos de abandono y desinterés hacia los hijos. Pero esta indiferencia recibe su castigo y tiene pena privativa de libertad. En esta ocasión imputaron a un hombre por “Incumplimiento del Deber Legal Alimentario”.

Ocurrió en la ciudad de Caaguazú, donde fue procesado Juan Ángel Lugo Báez, por la supuesta comisión del hecho punible, formulada por la agente fiscal Liliana Denice Duarte, de la Unidad Penal Nº1 de la Fiscalía de la zona.

Según los antecedentes, el proceso inicio el 17 de julio del año 2015, cuando Mariela Galeano promovió una demanda de asistencia alimentaria en el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de la citada ciudad, en contra de Lugo Báez, a favor de su hijo de 3 años de edad.

Invitación al canal de WhatsApp de La Nación PY

Resultado de este procedimiento, el 28 de agosto de 2015, recayó la Sentencia Definitiva Nº 355, por la que el Juzgado de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Caaguazú hizo lugar a la demanda, estableciendo el pago de la suma de 2,85 jornales.

Siendo su equivalente actual la suma de doscientos mil guaraníes, que el denunciado tendría que abonar en forma mensual y por mes adelantado, desde el inicio del juicio, debiendo depositar la citada cantidad de dinero en una cuenta bancaria.

Desde la apertura de la cuenta corriente en el Banco Nacional de Fomento, hasta hoy, Juan Ángel Lugo Báez, solo depositó en algunas ocasiones, según el informe de la entidad bancaria.

La imputación se debe a este hecho de desobediencia, según lo dispuesto por orden judicial, además de empeorar las condiciones básicas de vida de su hijo, según lo expuesto en el acta de imputación.

Derecho del menor - Obligación de los padres

El Artículo 97 del Código de la Niñez y Adolescencia menciona claramente que “El padre y la madre del niño o adolescente, están obligados a proporcionarle alimentos suficientes y adecuados a su edad. La asistencia alimenticia incluye lo necesario para el sustento, habitación, vestido, educación, asistencia médica y recreación del niño o adolescente”. “En ningún caso el Juez dejará de pronunciarse sobre la asistencia alimenticia solicitada”.

Tanto padre como madre serán penados por la ley en caso de incumplimiento de sus deberes de asistencia alimentaria.

Dejanos tu comentario