Claro Cardozo (54) fue sentenciado a 10 años de pena privativa de libertad, al ser encontrado culpable, en juicio oral y público, del tráfico de estupefacientes.

Su conducta fue calificada dentro de los artículos 35 (proveer vehículo para transporte de droga) y 44 (comercialización) de la Ley 1.340/88, que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes. A él le pusieron en evidencia el 18 de abril de 2009, en el paraje denominado Yuquerí, Loma Guazú Distrito de General Díaz.

Proceso

La agente fiscal acusadora, de la Unidad Especializada de Lucha contra el Narcotráfico, Ana Luz Franco, sostuvo con suficientes elementos de convicción el reproche que merecía el procesado; entre otros, la declaración de los policías que tomaron parte del procedimiento, copias de transferencia de vehículos, y corroboración de informes de pericia sobre cruce de llamadas.

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El órgano juzgador estuvo presidido por la magistrada Viviana Portillo e integrado por los jueces Elvis Antonio Ayala y Charles Duré Verza,

En la fecha y lugar ya señalados se pudo constatar el transporte de 830 kilos de marihuana prensada, en el espacio oculto o doble fondo de un camión, perteneciente al condenado Claro Cardozo.

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