En los últimos años, la cantidad de entidades que ofrecen créditos de capital propio incrementó en el mercado, con "cómodas" cuotas, pero interminables por el alto interés que incluso supera el límite permitido.

Sin embargo, la Secretaría de Prevención de Lavado de Dinero o Bienes (Seprelad) emitió una resolución por la cual incorpora bajo su control a las casas de crédito y perso­nas físicas que se dedican a otorgar préstamos de dinero en efectivo, según confirmó el ministro Óscar Boidanich. La normativa entra en vigencia desde el 1 de febrero del 2018.

Con esto, Seprelad cortó el "chorro" al negocio negro de las casas de créditos, entida­des que pese a los reclamos del sistema financiero formal no pararon de sobreendeudar a la gente, con la promesa de "salvarle", pero sin que lo sepa le metía a un aprieto más grande. Tasas de interés que superan los 150%, preo­cuparon a las autoridades, ya que en el 2016 se registraron 6 casos a cargo de la Fiscalía por no cumplir el límite de tasas, en base a denuncias, según datos de Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco).

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La resolución de la Seprelad pone como entrada en rigor el registro de las entidades o personas que ofrezcan cual­quier tipo de préstamos en efectivo desde el 1 de febrero del próximo año, pero la ins­titución supervisora en este caso ya está disponible para registrar a quienes quieran iniciar el proceso, afirmó el ministro.

Boidanich indicó que las casas de créditos deberán presentar declaraciones juradas anual­mente, en donde respalde el origen del dinero y así hacer las verificaciones correspon­dientes. Con esto, según con­firmó la Seprelad, las casas de créditos entran a formar parte del sistema financiero formal, ya que tendrán que ajustarse a reglas claves para operar en el mercado.

"Sí la casa de crédito no se acerca a registrarse, esta no podrá operar en el mercado, ni tampoco con el sistema financiero, sea banco o finan­ciera. Por eso deben acercarse y cumplir con las series de requisitos", manifestó. En tanto, aclaró que las casas comerciales, en este caso, que también prestan dinero en efectivo, también deben registrarse.

Afirmó que en esta regula­ción, en cuanto a disposicio­nes sobre los límites de tasa de interés y control sobre car­tera de crédito, en el aspecto financiero se encargará el Banco Central del Paraguay (BCP).

SERIE DE REQUISITOS

Dentro de la resolución de la Secretaría de Prevención contra el Lavado de Dinero (Seprelad), en el artículo 3° menciona una serie de requisitos que deberán cumplir las empresas para proceder al registro.

En el caso de las personas jurídicas algunas de estas son: presentar estatutos, constancia de inscripción en Tributación, nómina de accionistas, acta de designación de últimas autoridades, como directorio, contador y síndico, patente comercial e individualización de sujetos con los que opera financieramente.

A las personas físicas, la Seprelad obliga a registrar la declaración de bienes, constancia de inscripción en Tributación, documento de identidad y la patente comercial. Esto tendrá una vigencia de 3 años, debiendo renovar toda presentación actualizada de la documentación una vez que se cumpla este plazo.

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