Luego de que el Ministerio de Salud emitió un comunicado que habilita a empresas del sector privado a importar vacunas contra el COVID-19 con el requerimiento de trámites previos, desde el sector privado manifiestan que hay una confusión por parte de las autoridades sanitarias, que el comunicado en lugar de aclarar “oscurece” y que además este no puede estar por encima de una resolución firmada.

“Es un comunicado que no tiene ningún sentido”, dijo el empresario Norman Harrison, con referencia al comunicado de Salud que los autoriza para la compra de vacunas. Expresó que ellos conocen las reglas del juego, que son varias las firmas que están detrás de esto, por lo que se tendrán vacunas en el país.

Aseguró que este nuevo comunicado está causando una confusión entre el sector privado y público. Además, no entiende por qué ponen requisitos antes de tener un registro sanitario. “Creo que hay una confusión de las autoridades y de la viceministra de Salud”, indicó en entrevista con la 1080 AM.

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Explicó sobre la resolución en la que se estipula que el sector privado al adquirir las vacunas debe venderlas al sector público. “Esto me da a suponer que en caso de que el sector privado traiga las vacunas, van a buscar requisitos para no vender al público y no quedaría más que vender al Estado”, manifestó.

Agregó que en la última reunión que tuvieron la idea fue el de trabajar juntos ambos sectores e intentar que los laboratorios liberen los documentos necesarios y conseguir el registro sanitario. “Si todo es un acto voluntario, no hay inconvenientes vender a los sectores privado y al público. Yo no quiero lucrar, yo quiero traer las vacunas a Paraguay en el menor tiempo posible”, sentenció Harrison.

Este nuevo comunicado está causando una confusión entre los sectores privado y público. Foto: AFP.

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Resolución de Salud

El documento expresa que todas las empresas interesadas en importar vacunas contra el COVID-19, cuya venta será realizada en forma exclusiva al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social para su utilización y posterior aplicación gratuita a través del Programa Ampliado de Inmunizaciones, serán regidas por lo estipulado en la Resolución SG Nº 746/2020.

“Se autoriza en carácter de emergencia el uso de vacunas contra el COVID-19” y en su artículo primero establece “autorizar con urgencia las vacunas autorizadas para su uso de emergencia por las autoridades reguladoras de país de alta vigilancia sanitaria como FDA (Administración de Medicamentos y Alimentos, de Estados Unidos), EMA (Agencia Europea de Medicamentos) y autoridades reguladoras de referencia regional”, expresa el documento.

Por otra parte, se aclara que todas aquellas empresas interesadas en importar las dosis para su comercialización en el sector privado deberán contar con el registro sanitario o, en su defecto, con el registro sanitario de emergencia, emitido en el marco de la Resolución SG Nº 111/2021, “por la cual se establecen los requisitos y las condiciones sanitarias para la emisión de registros sanitarios de emergencia para especialidades farmacéuticas contra COVID-19, en el marco de la pandemia”.

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