Andrés Bernal, abogado defensor del futbolista Rodrigo Burgos, aseguró esta mañana que presentaron las pruebas suficientes para que el Juzgado Penal de Garantías de San Lorenzo revoque la medida de prisión preventiva de su cliente en la Penitenciaría de Tacumbú.

El viernes pasado, Rodrigo Burgos acudió a su audiencia de revisión de medidas cautelares ante el juez penal de Garantías Juan Francisco Recalde, por el caso de la denuncia de supuesta violencia doméstica en contra de su esposa, Lucía Aguilera.

Esta mañana, la representación legal del jugador del Club Olimpia aseguró que el magistrado no tuvo en cuenta los nuevos elementos y características particulares presentados en la carpeta fiscal, por lo que la medida preventiva de prisión sigue vigente.

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No obstante, aclaró que el pedido de revocación de la medida cautelar sigue pendiente de tramitación y resolución.

No se cumple con requisitos para la prisión

Bernal aseveró que la prisión preventiva en Tacumbú no se pudo ni se puede dar por una falta de cumplimiento de requisitos exigidos para dicho efecto por el artículo 242 del Código Procesal Penal.

“Este artículo establece los requisitos necesarios para dictar la prisión preventiva, los cuales son la sospecha de la existencia de un hecho punible grave, la sospecha de la autoría del hecho y, por último, el peligro de fuga o de obstrucción a la justicia”, indicó el letrado.

En ese sentido, aseguró que con los nuevos elementos incorporados en la carpeta fiscal desapareció la existencia del hecho punible grave, por dos elementos en especial; el informe del forense Pablo Lemir que refiere que las lesiones no datan de la fecha del diagnóstico y de la denuncia, es decir, que el hecho no pudo darse el 12 de diciembre del 2017 así como se denunció.

El segundo elemento, siempre según Bernal, es que el testigo presencial, una trabajadora doméstica que estuvo en la casa de Burgos hasta el 21 de diciembre, en su declaración se pudo corroborar que el hecho no se produjo ni existió el 12 de diciembre, así como igualmente se esgrimió en la denuncia.

Fotos con “Willy” Mendieta, tomadas por la víctima

Asimismo, el abogado expresó que demostraron al juez que las fotografías que la víctima agregó a la investigación, en donde se le ve a Burgos posando con su colega William Mendieta donde también aparecen bebidas alcohólica, no datan a la fecha posterior a la primera imposición de medidas cautelares, que fue lo que se alegó para pedir la revocación.

“Comprobamos por screen de pantalla donde se denota que esas fotos ya estaban en el mes de noviembre del 2017 en el aparato celular de Burgos. Además, William Mendieta declaró que la misma mujer denunciante fue la que capturó las imágenes el 5 de noviembre pasado”, acotó.

De igual manera, el abogado mencionó que el magistrado al momento de dictar su fallo no consideró que la prohibición de comunicación no era medida impuesta a Burgos, razón por la cual nunca se pudo haber revocado las primeras medidas cautelares.

Además, Bernal agregó que su defendido cumplió en tiempo y forma con su declaración indagatoria el 12 de enero pasado y que entre Enero y Febrero se sometió a estudios psicológicos, que demostraban que no existe ningún peligro de fuga ni obstrucción a la justicia, por lo que aseguró que no se cumple el último requisito que exige el CPP para la prisión preventiva.

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