Finalmente, el martes 29 de noviembre el presidente Mario Abdo Benítez promulgó la Ley 7037/2020, que autoriza al Instituto de Previsión Social (IPS) a prestar dinero de entidades financieras para pagar su deuda, mayoritariamente contraída durante la gestión de la actual administración estatal. Con ellos este gobierno permite incrementar el agujero financiero de la institución, que creció en más de 4 veces desde el 2019 debido principalmente al mal manejo administrativo de sus autoridades, para dejarlo más endeudado.

De ese modo, al enfermo financiero llamado IPS le dan un calmante que empeorará su enfermedad monetaria con más dosis del mismo veneno. Y mediante la administración de Abdo, en lugar de que el endeudamiento de la previsional solo se cuadruplique, como lo ha conseguido hasta la actualidad, con esta ley que acaba de promulgar logrará que se multiplique. Un milagro pocas veces visto en la historia de las instituciones estatales. Cuando vaya pagando a las empresas acreedoras mediante esos nuevos empréstitos irá disminuyendo el pasivo anterior gracias a la nueva deuda, con los intereses y tasas financieras que corresponden.

Para que tenga idea de la dimensión que alcanzarán las cifras a pagar mediante los manejos financieros de las autoridades actuales de la previsional, hay que mencionar que la deuda ascendía en el 2019 a 400 mil millones de guaraníes. Las entidades farmacéuticas acreedoras señalaron la semana pasada que el IPS actualmente les debía 285 millones de dólares, los que en guaraníes representan 2 billones 23.500 millones, al tipo de cambio de 7.100 guaraníes por dólar, o sea el 624% más que en 2019. Estas empresas son las que más empujaron en las últimas semanas a los legisladores que estudiaban el proyecto de ley. Y, como muchos senadores y diputados son sensibles a este tipo de presión proveniente del sector empresarial, dieron vía libre al proyecto de ley en ambas cámaras del Poder Legislativo.

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De acuerdo con datos provenientes del Senado de la Nación, durante la gestión actual la deuda acumulada con proveedores y otros acreedores asciende a 408 millones de dólares, que llegan a 2 billones 896.800 millones de guaraníes. Para atenuar los riesgos que provocarán las transaccciones del IPS, la ley prevé algunas disposiciones financieras administrativas en el programa de enfermedad y maternidad del ente. Dispone que el límite máximo del total de las cuotas emergentes de las operaciones autorizadas no podrá exceder el 5% del presupuesto que se asigna cada año para el ejercicio en que se concrete la operación.

La norma no habla de usar el dinero de fondos jubilatorios de la institución para pagar la nueva deuda que, de ese modo, estarían resguardados. Pero tiene algunas inconsistencias, como que no establece con claridad un límite sobre el monto de los créditos que se solicitarán. Tampoco se habla de las tasas de interés ni los plazos para los pagos, que quedarán a merced de las negociaciones que se realicen con las entidades financieras.

Es necesario señalar que mediante la nueva ley la entidad estatal que más recauda luego del Ministerio de Hacienda, mostrará su lamentable rostro de deudor empedernido, gracias a los logros del gobierno actual. Pasivos que arrastrará por muchos años y que no se sabe en que terminará, si la previosional no cambia esta conducción administrativa que es la peor que se recuerda en los decenios recientes.

Una de las principales objeciones jurídicas que se ha hecho a la disposición recientemente promulgada es que sería inconstitucional. Por lo que hay entidades que representan a los asegurados del ente que hablan de presentar un recurso de inconstitucionalidad de la norma ante la Corte Suprema de Justicia, con el fin de salvaguardar los intereses de los aportantes.

Por eso es necesario que la ciudadanía, y en especial los asegurados del IPS, tengan conciencia de esta nueva realidad, y se dispongan a denunciarla como un hecho pernicioso para los intereses del país y su gente. Que se hagan los planteamientos judiciales ante la máxima autoridad judicial, se declare que la Ley 7037 es inconstitucional y se busque una solución adecuada. No se puede aceptar que, bajo ningún pretexto, se pisoteen los derechos de los ciudadanos que con sacrificio aportan su dinero para la previsional.

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